REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 13 de noviembre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2017-001369
ASUNTO : LP01-P-2017-001369
AUTO DE ORDEN DE APREHENSIÓN
Visto el oficio N° 244-2017 de fecha 30-10-2017, suscrito por el Comisionado Jefe JOHN CAMARGO, COORDINADOR DE LA DIRECCIÓN DE TRANSITO TERRESTRE DE MÉRIDA CUERPO DE POLICIA NACIONAL BOLIVARIANA, en el cual informa que el penado JESÚS ALBERTO COLLES ZERPA, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 23/11/1990, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.592.966, estado civil soltero, ocupación u oficio estudiante, hijo de Rafaela Zerpa y Federico Colles, residenciado en la avenida principal de Santa Juana, edificio Macachíes, apartamento 4-22, Mérida, estado Mérida, teléfono 0424-7211182, se fugó de las instalaciones donde se encontraba recluido.
El tribunal publica el auto decisorio de conformidad con el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, con los fundamentos de derecho que seguidamente se establece.
Antecedentes
Mediante decisión dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, de fecha 07-09-2017 (publicada el 07-09-2017, folios 112-116), mediante la cual fue condenado el ciudadano JESÚS ALBERTO COLLES ZERPA, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 23/11/1990, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.592.966, estado civil soltero, ocupación u oficio estudiante, hijo de Rafaela Zerpa y Federico Colles, residenciado en la avenida principal de Santa Juana, edificio Macachíes, apartamento 4-22, Mérida, estado Mérida, teléfono 0424-7211182, a cumplir la pena principal de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal y 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de Carlos José Vielma Villasmil, Yoel Alexander Taborda Cepulveda, José Alexander Picón y El Orden Público, a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN.
Motivación para decidir
El penado JESÚS ALBERTO COLLES ZERPA, se fugó evadió de la sede de la COORDINADOR DE LA DIRECCIÓN DE TRANSITO TERRESTRE DE MÉRIDA CUERPO DE POLICIA NACIONAL BOLIVARIANA, ubicado en el sector vuelta de Lola del Estado Mérida, sitio donde se encontraba recluido cumpliendo su condena, en consecuencia, de conformidad con el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena su aprehensión. Así se declara
Decisión
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Ordena la aprehensión del ciudadano JESÚS ALBERTO COLLES ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V-19.592.966. SEGUNDO: Ofíciese a los Cuerpos de Seguridad del Estado, para que procedan a la detención del referido penado. Notifíquese al Fiscal y defensor. Así se decide, cúmplase.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÒN N° 03
ABG. HERIBERTO ANTONIO PEÑA
LA SECRETARIA
ABG. MAIGRECILENIA SANDOVAL JAIMES
Se emitieron boletas Nos. _______________________________________. Sría.
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