REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, jueves cinco (05) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
ACTA DE DESISTIMIENTO
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
ASUNTO N° LP21-L-2017-000218
PARTE ACTORA: Ciudadana FRANCISCA MARIA UZCATEGUI MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.100.887.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, RONALD E. CALDERON, y otros, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 91.089, 60.952, 98.920, y 108.464.
PARTE DEMANDADA: MARIA BENEDICTA DIAZ DE BANNENBERG, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-118.579.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, jueves diecinueve (19) de octubre de dos mil diecisiete (2017), siendo las 11:00 a.m., día y la hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si, ni por medio de apoderado judicial debidamente acreditados para el presente juicio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero. El Secretario,
Abg. Edinso Briceño Monsalve.
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