Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, veintitrés de octubre de dos mil diecisiete
207º y 158 º

ASUNTO Nº LH61-V-2016-000166
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: YOHANNY CRISTOBAL GIL RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.752.926.
DEMANDADO: GLADYS JOSEFINA TORRES GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.239.256.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy lunes 23/10/2017, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos YOHANNY CRISTOBAL GIL RIVAS y GLADYS JOSEFINA TORRES GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.752.926 y V-17.239.256 respectivamente, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ


ABG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
LA SECRETARIA
ABG. YURAIMA PEÑA DE ROJAS




ZC/YP/DG