Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, tres de octubre de dos mil diecisiete
207º y 158 º

ASUNTO: LP61-J-2017-000440

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

SOLICITANTES: ADRIANA ELIZABETH CASTAÑEDA MOLINA e ISNARDY JOSE PAREDES SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.657.760 y V-17.238.927

ABOGADO ASISTENTE: DANIEL GRATEROL, inscrito en el Inpreabogado Nº 267.333

DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 03 y 01 años de edad.

MOTIVO: DIVORCIO.

En el día jueves 28/09/2017, se dejó constancia de la incomparecencia de los solicitantes ciudadanos ADRIANA ELIZABETH CASTAÑEDA MOLINA e ISNARDY JOSE PAREDES SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.657.760 y V-17.238.927, ni por si ni por apoderado judicial a la audiencia fijada para el referido día. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado
LA JUEZ SUPLENTE,

ABG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
SECRETARIA,


.-MUD/Exp LP61-J-2017-000440-.