REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, dieciocho (18) de octubre de dos mil diecisiete (2017). Años: 207º y 158º.
Vencido como se encuentra el lapso establecido en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y de conformidad con el fallo vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha nueve (9) de mayo de dos mil seis (2006), caso Cervecería Polar, los Cortijos, C.A. y otros, con ponencia del Magistrado Francisco Carrasquero.
Por ello, en consecuencia, este Tribunal, declara definitivamente firme, “la medida de protección ambiental del sistema de humedales de las lagunas “La Blanca” y “La Negra” del páramo de mariño, la naciente de la quebrada “San Mateo” del sector Mesa de Santa Rita, el acueducto “El Carrizal”, el sector “Los Naranjos” y el sector “Loma de la Virgen” del municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, dictada por este Juzgado en fecha veinte (20) de enero de dos mil dieciséis (2016).
En consecuencia, se deja expresa constancia que los lapsos procesales correspondientes transcurrieron de la siguiente manera:
Lapso de tres (3) días de despacho para ejercer el recurso de oposición: viernes veintidós (22), lunes veinticinco (25) y viernes veintinueve (29) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
Lapso de ocho (8) días de Despacho para pruebas: lunes dos (2), martes tres (3), miércoles cuatro (4), jueves cinco (5), martes diez (10), miércoles (11), viernes trece (13) y lunes dieciséis (16) de octubre del presente año. Es todo.-
LA JUEZA,
ABG. KATHERINE BELTRÁN ZERPA
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. YRIS PARRA BRICEÑO
S-00034-2016
KBZ/md