REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolivariano de Mérida.
Mérida, 11 de octubre de 2017
207º y 158º
CASO PRINCIPAL : LP02-S-2013-001195
CASO : LP02-S-2013-001195
AUTO ACORDANDO TRASLADO
Vista la solicitud de fecha 05/10/2017, incoada por el penado JORGE LUIS ROJAS SALAS, titular de la cédula de identidad Nº 20.847.966, en entrevista sostenida en visita penitenciaria; mediante el cual solicita traslado a los Departamentos de urología y traumatología del Instituto Autónomo del Hospital Universitario de los Andes (IAHULA) del estado Bolivariano de Mérida; por cuanto tiene tumor en su mano derecha, lo cual le ocasiona fuerte dolor y manifiesta tener dolor en las manos los riñones.
Al respecto el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud….”.
Ahora bien, obra al folio 729, auto mediante el cual éste Juzgado acordó al penado de autos traslado por treinta (30) días al Hospital Universitario de los Andes (IAHULA) del estado Bolivariano de Mérida; y siendo que el mismo vence el 26-10-2017. Se mantiene dicha fecha y se insta al Director del Centro Penitenciario de la región Andina, para que se efectué ante los Departamentos de urología y traumatología de dicha entidad hospitalaria.
En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado JORGE LUIS ROJAS SALAS, titular de la cédula de identidad Nº 20.847.966, traslado a los Departamentos de urología y traumatología del Instituto Autónomo del Hospital Universitario de los Andes (IAHULA) del estado Bolivariano de Mérida antes del 26-10-2017; instando que dicho traslado debe efectuarse CON LAS SEGURIDADES DEL CASO. Líbrese los correspondientes oficios y boleta de traslado. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
LA SECRETARIA;
ABG. ANNY RANGEL
Se libraron oficios Nº______________________ y de traslado Nº________________ conste Sria.-