Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete
207º y 158 º
ASUNTO: LP61-J-2017-000390
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
SOLICITANTES: ANTONIO RAFAEL PATIÑO MATA y JOHANMARY DE LOS ANGELES SANSONETTI DE PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.238.603 y V- 16.491.602, respectivamente.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 2 años de edad.
ABOGADO ASISTENTE: ANALY MENDEZ y GEORGETH DE DELGADO, inscritos en los Inpreabogados bajo los Nº 87.587 y 132.283
MOTIVO: DIVORCIO (SENTENCIA VINCULANTE).
En el día hoy jueves 21/09/2017, se dejó constancia de la incomparecencia de los solicitantes ciudadanos ANTONIO RAFAEL PATIÑO MATA y JOHANMARY DE LOS ANGELES SANSONETTI DE PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.238.603 y V- 16.491.602, ni por si ni por apoderado judicial a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado
LA JUEZ SUPLENTE,
ABG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
LA SECRETARIA,
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