Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : LP61-J-2017-000433
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTE: RENE JAVIER MORA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad V- 11.462.092.
MOTIVO: NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-HOC
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista la audiencia de fecha 25/9/2017, a la cual no hace acto de presencia el ciudadano RENE JAVIER MORA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad V- 11.462.092. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-HOC por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,


ABOG. BETTY BENCOMO RANGEL
LA SECRETARIA,

ABG. YARIANY CASTILLO CUEVAS