REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE MERIDA

207° y 158°

EXPEDIENTE NRO. 9106

La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por el ciudadano José Gregorio Trejo Araque, venezolano, mayor de edad, titular de cedula de identidad N° V-12.348.335, asistido por la abogada Mildred Carrero, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 110.528, de este domicilio y hábiles, Contra: Carlos Lara Villamizar, por: Desalojo (vivienda), Ahora bien, el presente expediente fue recibido por distribución y el 12 de Junio de 2016, fue admitido y se ordena citar a la parte demandada a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el Quinto día de despacho día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, , a los fines de celebrar la audiencia de mediación… en la misma fecha se ordena librar copias certificadas a los fines de que sean entregadas a la parte demandada en el momento en que el aguacil practique su citación… El 18 de Julio de 2016, diligenció la abogada Mildred Carrero, y deja constancia que cosigna los emolumentos necesarios para la práctica de citación del demandado… El 20 de Octubre de 2016, diligenció el alguacil de este Tribunal y consigna boleta de citación sin firmar, en la misma fecha se ordena agregar a los autos, junto con sus recaudos… El 03 de Agosto de 2017, diligencio el ciudadano José Gregorio Trejo Araque, asistido por la abogada Mildred Carrero, y solicita se dicte perención y desglose del folio 28 al 82…Y como quiera que desde ésta última fecha que diligenciò el algcuail hasta la fecha en que la parte actora solicita la perención transcurrieron más de seis (6) meses y de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 de la Ley Adjetiva Civil este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora y una vez conste en autos su notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. -Notifíquese, Regístrese, Publíquese, y déjese copia certificada u original de la presente Sentencia. DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Veintiuno (21) de Septiembre de dos mil Diecisiete.
LA JUEZ;

ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA;

ABG. SUSANA E. PARRA CALDERON.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo las Diez de la Mañana.

La Sria.;