REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 23 de Abril de 2018
208º y 159º

CASO PRINCIPAL : LP02-S-2017-002436
CASO : LP02-S-2017-002436
AUTO FUNDADO DE SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO formulada por la Fiscalia Vigesima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Mérida, en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 111 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo previsto en el Artículo 34 Ordinal 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, este Tribunal a los fines de emitir un pronunciamiento, observa:

Los hechos sobre los cuales versó el presente proceso, surgieron con ocasión de la denuncia formulada en fecha 11-07-2017, por la ciudadana MARIA TERESA FUCCIO DE SALAZAR, quien manifestó que el ciudadano JOSE DANIEL SALAZAR, la agredió verbalmente…

En fecha 15-11-2017 la Representante Fiscal solicitó al Tribunal el decreto de Sobreseimiento de la causa penal seguida al ciudadano: JOSE DANIEL SALAZAR, titular de la cedula de identidad N° 23.734.475, al considerar que del contenido de las actuaciones que integran la investigación que adelanta esa Fiscalía, no se puede evidenciar la relación de causalidad que entre la conducta del imputado y el hecho punible

En virtud de lo anteriormente expuesto, observa éste Juzgador que la solicitud hecha por la fiscalía vigésima, es la del ordinal 4, porque no se tiene la certeza y que no se puede incorporar nuevos datos a la investigación, circunstancia ésta que igualmente se materializaría en el acto de debate oral en caso de ser llevada a la referida fase procesal y que esta instancia judicial decreta en garantía del debido proceso, así como eficacia y eficiencia del sistema de administración de justicia, siendo por lo tanto ajustado a derecho decretar el Sobreseimiento de la causa que coloca término al procedimiento instaurado. Así se decide.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano JOSE DANIEL SALAZAR, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificado en el artículo 39 de La ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocasionado en perjuicio de la ciudadana MARIA TERESA FUCCIO DE SALAZAR, por cuanto el hecho objeto de la presente no puede ser atribuido al imputado. SEGUNDO: Se acuerda notificar a las partes de la presente decisión y una vez vencido el lapso legal correspondiente se acuerda la remisión de la presenta causa al archivo para su guarda y custodia.

Abg. Edgar Alexander Mir Rivas
Juez (P) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida


Abg. Emma Álvarez
SECRETARIA JUDICIAL
El ______________, se cumplió con lo ordenado: _____________________ Sria.