REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.
El Vigía, diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018)

207° y 159°

SOLICITUD N° 224

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

-I-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

Parte Solicitante: ciudadano OSCAR LOBO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.003.235, domiciliado en el sector Guayacan, carretera El Manzano, parcela ZZZ, Parroquia Montalban, Municipio Campo Elias del Estado Bolivariano de Mérida.

Apoderada Judicial: ISVETT JEANETTE ACOSTA MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.403.555, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 71.787, en su carácter de Defensora Pública Primera Agraria del Estado Bolivariano de Mérida.

Sujeto Pasivo: JOSE NABOR PERNI PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.312.832.

Apoderado judicial del Sujeto Pasivo: JOSE MANUEL SALINAS BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.312.832.

Motivo: SOLICITUD DE MEDIDA INNOMINADA DE PROTECCION A LA PRODUCCION.

-II-

ANTECEDENTES PROCESALES

Vista la diligencia de fecha 09 de abril de 2018 (folio 307), suscrita por la abogada ISVETT JEANETTE ACOSTA MEJIAS, en su carácter de Defensora Pública Primera Agraria del Estado Bolivariano de Mérida, previo requerimiento expreso del ciudadano OSCAR LOBO RODRIGUEZ, mediante la cual consignó escrito emitido por el usuario, mediante el cual el ciudadano OSCAR LOBO, solicita el desistimiento de la solicitud de medida innominada de protección a la producción; por cuanto no tiene en este momento perturbación alguna. En tal sentido solicita el decaimiento de la causa, por no existir elementos que pudieran configurarse como actos perturbatorios, de acuerdo a la información suministrada por nuestro representado; y por cuanto el Tribunal observa que de las actas no consta que con dicho desistimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, diferentes a los litigantes, de conformidad con los artículos 263, 264, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicho desistimiento, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo de la presente solicitud.


La Jueza,


Abg. Carmen C. Rosales de M.

La Secretaria Accidental,

Magaly Márquez

En esta misma fecha siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde, se publicó el fallo que antecede, ordenándose publicar y registrar en el índice de copiador de sentencias los datos del presente fallo, no dejándose copia certificada del mismo, ya que el Tribunal no posee insumos para fotocopiar y agregar al copiador de sentencias en físico.


La Secretaria accidental,


Abg. Magaly Márquez