REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Mérida.
Mérida, 21 de agosto de 2018
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : LP02-S-2016-001447
ASUNTO : LP02-S-2016-001447

AUTO ACORDANDO TRASLADO

Vista la solicitud del Abg. Pedro Javier Hernández, mediante el cual solicita a favor del penado LUIS ALFONSO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.517.033; cita abierta al Servicio Nacional de Medicatura Forense (SENAMECF).

Al respecto es necesario traer a colación lo establecido en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que señala: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud….”.

En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda a favor del penado LUIS ALFONSO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.517.033, traslado por noventa (90) días contados desde el 22/08/2018 al 22/11/2018 instando al Director del CEPRA, que dicho traslado debe efectuarse CON LAS SEGURIDADES DEL CASO al Servicio Nacional de Medicatura Forense (SENAMECF). Líbrese los correspondiente oficios y boletas de traslado; Cúmplase.


LA JUEZA DE EJECUCIÓN

ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO;
EL SECRETARIO;

ABG. TONY ARNAY MORA
Se libraron oficios Nº______________________ y de traslado Nº______________ conste Srio.-