REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 09 de enero de 2018
207º y 158º

CASO PRINCIPAL: LP02-S-2018-000002
CASO : LP02-S-2018-000002


AUTO DE ENTREGA FORMAL Y MATERIA DEL VEHICULO (MOTOCICLETA)


Visto el escrito suscrito por el ciudadano OSCAR EDUARDO PAREDES ESCALANTE, presentado en fecha 08-01-2017, en el cual solicita la entrega plena del vehículo SERIAL DE CARROCERÍA 812K3AC19CM036593; SERIAL DE MOTOR KW162FMJ1823480; PLACA AE6F36M; MARCA KEEWAY; COLOR ROJO; MODELO HORSE KW-150; AÑO 2012; CLASE MOTOCICLETA; USO PARTICULAR; es por lo que este Tribunal para decidir observa:

El ciudadano antes mencionado solicita la entrega plena del vehículo: SERIAL DE CARROCERÍA 812K3AC19CM036593; SERIAL DE MOTOR KW162FMJ1823480; PLACA AE6F36M; MARCA KEEWAY; COLOR ROJO; MODELO HORSE KW-150; AÑO 2012; CLASE MOTOCICLETA; USO PARTICULAR, el cual fue retenido y debidamente experticiado, por el departamento de experticia de vehículos sus delegación Tovar del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, bajo el N° 9700-201-EV-195-18, de fecha 01-01-2018, y visto que en fecha 03-01-2018, fue celebrada la audiencia de presentación de imputado, donde la representación fiscal no hizo oposición alguna a la solicitud de entrega del vehículo realizada por la defensa, por considerar prudente dicha entrega, es por lo que este juzgador en aras de garantizar una tutela judicial efectiva, y en el uso de sus atribuciones y autonomía donde los jueces deberán decidir las causas sometidas a su conocimiento, (ver sentencia N° 1834, de fecha 09-08-2002, Sala Constitucional) se ordena la entrega formal y material del vehículo solicitado antes descrito, así como el desglose de los documentos originales, una vez la parte interesa consigne copia simple de los mismos. Así se declara.

Queda así entonces, fundamentada la presente decisión, acatado el criterio de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N° 069, del 12 de febrero del 2008, con ponencia de la Magistrada Deyanira Nieves, la cual indico que:

“… En este sentido ha sido reitera el criterio sostenido por la Sala, respecto a que la motivación debe entenderse como la exposición que el juzgador debe ofrecer a las partes como solución a la controversia, eso sí, una solución racional, clara y entendible, que no deje lugar a dudas en la mente de los justiciables del por qué se arribó a la solución del caso planteado…” (Negritas del tribunal).



DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas N° 01, del Circuito Judicial con Competencia en delitos contra la Mujer del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: se acuerda la entrega formal y material del vehículo SERIAL DE CARROCERÍA 812K3AC19CM036593; SERIAL DE MOTOR KW162FMJ1823480; PLACA AE6F36M; MARCA KEEWAY; COLOR ROJO; MODELO HORSE KW-150; AÑO 2012; CLASE MOTOCICLETA; USO PARTICULAR; propiedad del ciudadano OSCAR EDUARDO PAREDES ESCALANTE, titular de la cedula de identidad N° 23.724.163 .SEGUNDO:. Se acuerda el desglose de los documentos originales, una vez la parte interesa consigne copia simple de los mismos TERCERO: se ordena oficiar al estacionamiento Judicial Cleorodez del Municipio Tovar del estado Mérida. CUARTO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Una vez firme la presente decisión, se ordena remitir las actuaciones al Ministerio Publico. Así se decide.



EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01.
ABG. EDGAR ALEXANDER MIR RIVAS



EL SECRETARIA;
ABG. TONY MORA


En fecha ______________, se cumplió con lo ordenado__________________________________ Sria;p