REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida

Mérida, 19 de febrero de 2018
207º - 158º
ASUNTO: LP21-L-2017-000018

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PARTE DEMANDANTE: YENIFER JOHANA FLORES PEÑA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-17.238.720, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, RONALD EDUARDO CALDERON JEREZ, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, MARIA MERCEDES RAMÍREZ MENDEZ, LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, MERCEDES MARGARITA SALGUERO RIVAS, YENY VIRGINIA PARRA SANTIAGO, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, YORLEDY JUSLEY ZERPA FERNANDEZ, y MILENA DEL CARMEN RINCONES CARIACO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.475.833, V-14.204.472, V-12.815.171, V-8.083.778, V-15.235.515, V-15.032.767, V-10.507.028, V-10.146.414, V-15.174.232, V-12.447.082, V-8.641.697 respectivamente, inscritos en el IPSA bajo los números: 91.089, 108.464, 101.915, 60.952, 120.899, 115.306, 133.678, 98.920, 160.336, 174.367, 70.082 en su orden, Procuradores Especiales de los Trabajadores en el Estado Mérida, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida. (Folios 7 y 8).

PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil JUNIOR VIVERES C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el Nº 3, Tomo 58-A, representada por el ciudadano JUNIOR MARTIN ALBORNOZ QUIROZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.784.120, en su condición de Presidente.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA CAROLINA PINEDA PEÑA y FABIAN RAMIREZ AMARAL, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.038.611 y V-13.447.033, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 103.366 y 93.457, de este domicilio. (Folios 20 y 21).

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.

II
UNICO

Consta en el presente expediente, actuaciones procesales del juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS LABORALES, incoado por la ciudadana YENIFER JOHANA FLORES PEÑA, en contra de la Sociedad mercantil JUNIOR VIVERES C.A., el cual fue recibido en este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, el día 02 de mayo de 2017, proveniente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida (folio 49). Por auto de fecha 05 de mayo de 2017, fueron providenciadas las pruebas presentadas por las partes (folios 50).

En fecha 09 de mayo de 2017, se fijó la celebración de la audiencia oral y pública de juicio, para el día 20 de junio de 2017 (folio 51), posteriormente celebrada los días 07, 13 de julio de 2018 y 06 de febrero de 2018 (folio 53, 58 y 73).

El día 06 de febrero de 2018, fue certificada la comparecencia de la parte demandante, ciudadana Yenifer Johana Flores Peña, acompañada del Abogado Ronald Eduardo Calderón Jerez, Procurador Especial de los Trabajadores en el Estado Bolivariano de Mérida y co-apoderado judicial de la parte demandante, así como de la presencia del apoderado judicial de la sociedad mercantil JUNIOR VIVERES C.A., Abogado Fabián Ramírez Amaral, quienes manifestaron al Tribunal haber llegado a una conciliación, que comprende todos los conceptos demandados, para un total a pagar de bolívares trescientos cincuenta mil (Bs. 350.000,00), monto a cancelar por transferencia bancaria a nombre de la trabajadora ese mismo día, todo lo cual consta en la respectiva reproducción audiovisual.

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal considera que ello es producto de una conciliación voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, de esta manera se concluye el litigio judicial en forma definitiva, mediante un medio alterno de solución de conflictos, acordándose la homologación a la manifestación de voluntad indicada por las partes en este caso, al momento de la audiencia oral y pública de juicio, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

III
DISPOSITIVO

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: RATIFICA Y HOMOLOGA el ACUERDO alcanzado entre la ciudadana YENIFER JOHANA FLORES PEÑA y la sociedad mercantil JUNIOR VIVERES C.A., dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. (Ambas partes plenamente identificadas en actas procesales).

SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.

Se ordena publicar, registrar y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo, dejándose la nota, que el mismo se encuentra registrado en el documento Word 0 del Sistema Juris 2000, que sería una copia digitalizada, advirtiendo que se ordena ejecutarlo de esa manera, tal como se establece en los artículos 2 y 11 de la Resolución N° 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en Mérida a los diecinueve (19) días del mes de febrero de dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.

Dios y Federación
La Juez Titular,


Dubrawska Pellegrini Paredes
La Secretaria,


Carmen Zalady Agudelo Corredor

En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede, siendo las nueve y veintisiete minutos de la mañana (9:27 am).

Sria.