REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 23 de febrero de 2018
207º - 158º
ASUNTO: LP21-L-2017-000241
I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PARTE DEMANDANTE: ROSANA PARRA ALBORNOZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.434.657, domiciliada en Mérida estado Bolivariano de Mérida.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, RONALD EDUARDO CALDERON JEREZ, NELLY RAMIREZ CARRERO, MARIA MERCEDES RAMIREZ MENDEZ, LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, MERCEDES MARGARITA SALGUERO RIVAS, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, YORLEDY JUSLEY ZERPA FERNANDEZ, YENY VIRGINIA PARRA SANTIAGO, MILENA DEL CARMEN RINCONES CARIACO, MARIANELA HERRERA RODRIGUEZ, ANABEL PAREDES ALBORNOZ y ELIBETH ANTONIETA GARCIA FLORES, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números: 9.475.833, 14.204.472, 8.083.778, 15.235.515, 15.032.767, 10.507.028, 12.447.082, 14.963.252 15.174.232, 8.641.967, 15.175.351, 10.108.670 y 17.027.472, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 91.089, 108.464, 60.952, 120.899, 115.306, 133.678, 98.920, 160.336, 109.882, 70.082, 130.515, 159.440 y 141.409 en su orden, Procuradores Especiales de los Trabajadores en el Estado Mérida, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida (folios 08 y 09).
PARTE DEMANDADA: Firma Personal MAFER SHOES & JEANS, inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Mérida, bajo el Nº. 16, Tomo 36-B, de fecha 16/07/2012, en la persona del ciudadano José Antonio Contreras Lacruz, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº. 10.109.655, en su condición de propietario.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: FABIAN RAMIREZ AMARAL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.447.033, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.457, de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
II
UNICO
Consta en el presente expediente, actuaciones procesales del juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y CONCEPTOS LABORALES, incoado por la ciudadana ROSANA PARRA ALBORNOZ, en contra de la Firma personal MAFER SHOES & JEANS, el cual fue recibido en este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, el día 20 de diciembre de 2017, proveniente del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida (folio 52). Por auto de fecha 10 de enero de 2018, fueron providenciadas las pruebas presentadas por las partes (folios 53 y 54).
En fecha 15 de enero de 2018, se fijó la celebración de la audiencia oral y pública de juicio, para el día 15 de febrero de 2018 (folio 58).
El mencionado día, se dejó constancia de la comparecencia de la parte demandante, ciudadana Rosana Parra Albornoz, acompañada de su co apoderada judicial y Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Bolivariano de Mérida, Abogada Nancy Josefina Calderón Trejo, de igual forma se dejó constancia de la comparecencia de la parte demandada, Firma Personal Mafer Shoes & Jeans, en la persona del ciudadano José Antonio Contreras Lacruz, asistido por el Abogado Fabián Ramírez Amaral, quienes manifestaron al Tribunal haber llegado a una conciliación, que comprende todos los conceptos demandados, a cancelar a través de cheque que se hizo entrega en ese acto con las siguientes características, Nro. 29024660, del Banco Banesco, debitado de la cuenta Nro. 0134-0244-23-2441032722, CONTRERAS JOSE/MAFER SHOES Y JEANS, a nombre de la ciudadana ROSANA PARRA ALBORNOZ, por la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES CON CEROS CENTIMOS (Bs, 1.000.000,00), todo lo cual consta en la respectiva reproducción audiovisual.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal considera que ello es producto de una conciliación voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, de esta manera se concluye el litigio judicial en forma definitiva, mediante un medio alterno de solución de conflictos, acordándose la homologación a la manifestación de voluntad indicada por las partes en este caso, al momento de la audiencia oral y pública de juicio, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

III
DISPOSITIVO

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: RATIFICA Y HOMOLOGA el ACUERDO alcanzado entre la ciudadana ROSANA PARRA ALBORNOZ y la Firma Personal MAFER SHOES & JEANS, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. (Ambas partes plenamente identificadas en actas procesales).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.

Se ordena publicar, registrar y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo, dejándose la nota, que el mismo se encuentra registrado en el documento Word 0 del Sistema Juris 2000, que sería una copia digitalizada, advirtiendo que se ordena ejecutarlo de esa manera, tal como se establece en los artículos 2 y 11 de la Resolución N° 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en Mérida a los veintitrés (23) días del mes de febrero de dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.

Dios y Federación
La Jueza Titular,


Dubrawska Pellegrini Paredes
La Secretaria,


Carmen Zalady Agudelo Corredor

En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede, siendo las nueve y dos minutos de la mañana (9:02 am).

Sria.