JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 2 de julio de 2018.
208 y 159º
Por cuanto el Tribunal de la revisión que hiciera de las actas que conforman el presente expediente observa que del folio 284 al296, existe Escrito de fecha 04 de mayo de 2018, suscrito por el abogado PETER GEORGE PAEZ MONZON, apoderado judicial de los ciudadanos NANCY JOSEFINA ZERPA GARCIA, OSWALDO ENRIQUE ZERPA GARCIA, NELLY TERESA ZERPA GARCIA, PEDRO ENRIQUE ZERPA GARCIA, ANA YOLANDA ZERPA GARCIA y el abogado NELSON ENRIQUE ZERPA CAÑIZALEZ, todos parte actora, el abogado NESTOR EDGAR ORTEGA TINEO, apoderado judicial de la ciudadana ZENAIDA CALDERON DE ZERPA, parte co-demandada y la abogado GRACIELA COROMOTO GIL GARCIA, apoderada judicial de los ciudadanos, YELITZA DEL CARMEN ZERPA CALDERON, CARLOS ENRIQUE ZERPA CALDERON y ALFREDO ALEJANDRO ZERPA CALDERON, parte co-demandada, mediante el cual realizan una transacción y solicitan sea homologada y se ordene el archivo del expediente una vez conste de autos el total cumplimiento de la obligación. El Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa, una vez quede firme la presente decisión, pero no da por terminado el juicio, ni ordena el archivo del presente expediente, hasta que no conste de autos el total cumplimiento de la obligación.
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. EGLIS M. GASPERI V.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. ANTONIO R. PEÑALOZA R.
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