REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO EXTENSIÓN EL VIGIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CONN SEDE EN EL VIGÍA. El Vigía, DIECINUEVE (19) DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018).
208º y 159º
Vista la Comisión Nro. 007-2017 remitida por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Nueva Bolivia, mediante oficio Nro. 2700-173 de fecha 12 de junio de 2017 y recibida por este Tribunal en fecha 14 d noviembre de 2017, puede constatar, que en fecha 05 de junio de 2017, folio 21, la ciudadana: abogada Yusmary Josefina Pacheco de Guerrero, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.478.668 e inscrita en el Inpreabogado Nro. 103.983, en la condición de Apoderada Judicial del ciudadano: Nestor Luis Montiel Vera, mediante la cual expuso: “a objeto de la comisión enviada ante este Juzgado los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida y efectuada su distribución en fecha 10-05-2017 dándose entrada bajo el Nro. 007-2017. Comisión esta signada con oficio Nro. 3180-141. En consecuencia solicito a este Despacho la misma que deje sin efecto por cuanto el demandado y demandante celebraron acuerdo verbal conciliatorio entre ellos.
Ahora bien, este Tribunal revisada las actas que conforman el presente expediente puede constatar que desde el 05 de junio de 2017, fecha en que la parte actora solicitó se dejara sin efecto por cuanto el demandado y demandante celebraron acuerdo verbal conciliatorio entre ellos, por consiguiente visto que las partes hicieron “un acuerdo verbal”, este Tribunal homologa el presente convencimiento, se da por consumado el acto y procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.-
EL JUEZ,
FRANCISCO BARBARA ROMANO
LA SECRETARIA
LEIDY MARIANA HERNANDEZ DIAZ