REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, quince de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: LP21-S-2017-000016

ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL DE OFERTA REAL DE PAGO


PARTE OFERENTE: OPERADORA DE ALIMENTOS VIONDRE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 24 de octubre de 2014, bajo el Nº 7, tomo 294-A RM1MERIDA.

CO-APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: DILIANA NAZARETH ZEPEDA ALEJOS, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.584.078 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 284.053 y NELLY XIOMARA RIVAS FERNADEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.921.237 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 148.533, según poder que corre agregado al folio 51.

PARTE OFERIDA: GUSTAVO ALBERTO ALTUVE VALERO, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.433.452, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: FABIAN RAMÍREZ AMARAL, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.447.033 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.457.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, viernes quince (15) de junio de dos mil dieciocho (2018), siendo las once de la mañana (11:00 am.), día fijado para que tenga lugar la audiencia especial de oferta real de pago, compareció la parte oferente OPERADORA DE ALIMENTOS VIONDRE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 24 de octubre de 2014, bajo el Nº 7, tomo 294-A RM1MERIDA, a través de sus co-apoderadas judiciales, Abg. DILIANA NAZARETH ZEPEDA ALEJOS, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.584.078 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 284.053 y Abg. NELLY XIOMARA RIVAS FERNADEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.921.237 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 148.533, de la misma forma comparece la parte oferida, ciudadano GUSTAVO ALBERTO ALTUVE VALERO, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.433.452, asistido por el Abg. FABIAN RAMÍREZ AMARAL, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.447.033 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.457. En este momento, el ciudadano Juez Suplente manifiesta a las partes el estado en el cual se encuentra la causa, seguidamente le otorga el derecho de palabra a la parte oferida a los fines que indique su disposición de aceptar el monto ofrecido por la pate oferente, quien manifiesta: “Acepto el monto ofertado por la Entidad de Trabajo, OPERADORA DE ALIMENTOS VIONDRE, C.A., sin que se entienda como la aceptación de la totalidad de lo que pudiese adeudar la empresa, es todo”. En este estado, el ciudadano Juez Suplente, en virtud de la manifestación realizada por la parte oferida, ordena oficiar a la Contabilista de la Oficina de Control de Consignaciones a los fines que realice los trámites necesarios para la entrega del cheque de gerencia seriado 00002264, a nombre del ciudadano GUSTAVO ALBERTO ALTUVE VALERO, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.433.452, advirtiendo que al sexto día hábil siguiente a la presente fecha, se ordenará el cierre y archivo de la presente causa. Es todo terminó se leyó y conformes firman.


El Juez Suplente




Abg. Edinso José Briceño Monsalve




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Co-Apoderado Judicial de la Parte Oferente






Parte Oferida Abogado Asistente de la Parte Oferida

La Secretaria




Abg. Cindy Katherine Mejias Salas