REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARRACCIOLO PARRA OLMEDO.
Horas de despacho del día de hoy, siete de marzo de dos mil dieciocho, siendo las 09:00 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que comparezca por ante este despacho la ciudadana KATIUSKA MARGARITA NUÑEZ TERAN, quien fue legalmente citada a fin de que reconozca el contenido y la firma estampada en el documento privado suscrito con el ciudadano ENDRY FERNÁNDO GUERRERO AMAYA, en fecha veintidós de enero de dos mil dieciocho, en la ciudad de El Vigía del Estado Bolivariano de Mérida, se anunció el acto a las puertas del despacho y no se hizo presente la ciudadana mencionada, en consecuencia, este Tribunal declara reconocido el documento privado suscrito entre los ciudadanos: ENDRY FERNÁNDO GUERRERO AMAYA y KATIUSKA MARGARITA NUÑEZ TERAN, el cual corre en original al folio dos (02) y su vuelto de las presentes actuaciones, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 1364 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MIREYA JAIMES JAIMES.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. GREIS KELYS ARRIETA MANOSALVA