REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

En el día de hoy martes, seis (06) de marzo de dos mil dieciocho (2018), siendo las once de la mañana (11:00a.m.), previo el traslado y habilitación correspondiente se constituyó este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en la sede del Banco Bicentenario ubicado en el Sector Centro, avenida 4, entre calles 23 y 24, Edificio Bicentenario, en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, a objeto de practicar la Medida de Secuestro solicitada por los abogados ROGER E. DÁVILA y JHOANNY ROJAS M., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 62.832 y 187.403 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante, tal como consta en la presente solicitud. Presente en este acto la abogada JHOANNY MARGARITA ROJAS MARÍN, titular de la cédula de identidad No. V-19.995.453, ya identificada, actuando como co-apoderada judicial de la parte solicitante. Este Tribunal cumpliendo con la comisión del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, constituido este Tribunal en el lugar antes indicado se procedió a notificar de nuestra misión al ciudadano ANTONIO TORRES, titular de la cédula de identidad No. V-17.895.323, en su carácter de Supervisor de Agencia, quien procedió a verificar si la parte demandada ciudadano OMAR ENRIQUE MORA, tenía fondos en la cuenta corriente de este banco signada con el No.01750193300000000132, manifestando que no habían fondos en dicha cuenta. Este Tribunal cumplida la comisión procede a remitir al Tribunal comitente, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

LA CO-APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

LA GERENTE DE OFICINA

EL SECRETARIO
Lo enmendado vale.
Srio.