REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR
Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
207° y 159°
EXPEDIENTE Nº 9154
DEMANDANTE: XAVIER FRANCISCO AGUIRRE GARCIA
DEMANDADO: WILLIAMS SILVINO ZERPA CASTELLANO
MOTIVO: DESALOJO (VIVIENDA)
FECHA DE ADMISION: 27 DE OCTUBRE DE 2.016
VISTOS.-
La presente causa ingresa a este Tribunal por demanda intentada por el ciudadano XAVIER FRANCISCO AGUIRRE GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.992.909, a través de su apoderado judicial abogado JULIO DAVID PAREDES MUÑOZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 89.734, de este domicilio y hábiles, por DESALOJO (VIVIENDA).
La demanda fue admitida por este Tribunal en fecha 27 de Octubre de Dos Mil Dieciséis, se le dio entrada, se formó el expediente y se dio el curso correspondiente por el Procedimiento Oral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98, 99, 101, y siguientes de la nueva LEY PARA LA REGULARIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA en concordancia con las disposiciones relativas al juicio oral establecidos en el Código de Procedimiento Civil ordenándose la citación de la parte demandada WILLIAMS SILVINO ZERPA CASTELLANO, para que comparezca ante este Tribunal para la celebración de la AUDIENCIA DE MEDIACIÓN, en día y hora fijado; se libraron recaudos de citación, anexando copia fotostática certificada del libelo de la demanda y del auto de admisión; y se entregaron al alguacil para su respectiva citación.
El 16-11-2016 diligenció el alguacil de este despacho para consignar recaudos de citación librados al demandado WILLIAMS SILVINO ZERPA CASTELLANO sin firmar, y se agregaron a los autos.
Mediante diligencia de fecha: 22-11-2016, diligenció el abogado JULIO DAVID PAREDES MUÑOZ, para solicitar carteles de citación a nombre del demandado de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil… por auto, de fecha: 29-11-2016 se libraron carteles de citación solicitados… diligenció el abogado JULIO DAVID PAREDES MUÑOZ para dar por recibido el Cartel de Citación, para su debida publicación… en fecha: 09-01-2017 diligencio el referido abogado y consignó los carteles de citación librados a la parte demandada… el 12-01-2017 se agregaron al expediente… el 20-02-2017 diligencio la secretaria de este Tribunal, para dejar constancia de haber fijado el Cartel de Citación librado al demandado WILLIAMS SILVINO ZERPA CASTELLANO en la dirección indicada…en fecha: 17-04-2017 diligenció la abogada ALMA KARINA ALBORNOZ ZAMBRANO y consignó poder general otorgado por la parte actora ciudadano XAVIER FRANCISCO AGUIRRE GARCIA… en fecha: 03-05-2017 la abogada ALMA KARINA ALBORNOZ ZAMBRANO mediante diligencia solicitó la fijación de la audiencia de mediación y conciliación… en fecha: 04-05-2017 mediante auto se fijó día y hora para la celebración de la audiencia de mediación y conciliación solicitada, y se libró boletas de notificación a las parte.
Observa este Tribunal que desde el cuatro (04) de Mayo de 2016 la parte actora no ha impulsado la presente causa y además, siendo esta fecha en que se realizó la última actuación en el expediente, y hasta la presente fecha ha transcurrido más de un (01) año de inactividad procesal, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Adjetiva Civil, y una vez conste en autos la última notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar.
Notifíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 31 de Mayo de Dos Mil Dieciocho.
LA JUEZ,
DRA. FRANCINA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. EMELLY RODRIGUEZ
En la misma fecha se publicó la sentencia previa las formalidades de Ley, siendo las doce y cuarenta minutos de la tarde, se libró la respectiva Boleta de Notificación y se dejó copia certificada.
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