REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 14 de noviembre de 2018
208º y 159º

CASO PRINCIPAL: LP02-S-2018-000609
CASO: LP02-S-2018-000609


Éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 157 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal (en lo adelante COPP), publica auto de acumulación de causas en los siguiente términos:
Luego de revisadas las presentes actuaciones, se percata este Tribunal que en el presente expediente no consta notificación de inicio de investigación ni auto de entrada del mismo, ingresando el presente por distribución en fecha 30-05-2018 bajo la nomenclatura LP02-S-2018-000609 expediente fiscal MP-154211-2018, como SOLICITUD DE ACTO DE IMPUTACIÓN en contra el ciudadano CARLOS JULIO RONDON MARQUEZ, razón por la cual procede a requerir información a las Secretarías Administrativas de los Tribunales Primero y Segundo de Control Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer y la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, constando que en fecha 17/05/2018 se dio ingreso de NOTIFICACIÓN DE INICIO DE INVESTIGACIÓN en contra el ciudadano CARLOS JULIO RONDON MARQUEZ con la nomenclatura del Ministerio Público MP-154211-2018, dándosele entrada por distribución al Tribunal Segundo de Control bajo la nomenclatura LP02-S-2018-000552.

Ahora bien, de la revisión exhaustiva de las dos (02) causas penales, vale decir ésta la Nº: LP02-S-2018-000609 a la cual se le dio entrada el 30-05-2018 y la Nº: LP02-S-2018-000552, con fecha de entrada 17-05-2018, perteneciente al Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas se desprende inequívocamente que los hechos atribuidos por el Ministerio Público, recaen sobre el mismo imputado, ciudadano CARLOS JULIO RONDON MARQUEZ, puesto que ambos versan sobre la misma Investigación Fiscal, es decir, la seguida bajo la nomenclatura MP-154211-2018, por lo que lo procedente era ingresar la presente Solicitud de Acto de Imputación a la causa principal LP02-S-2018-000552 y no darle una nueva nomenclatura como otra solicitud distribuyéndola a este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas, razón por la cual este Tribunal acuerda remitir la presente solicitud de acto de imputación al Tribunal Segundo de Control por ser el Tribunal a quien le corresponde el conocimiento del acto de imputación al serle distribuida la causa Principal LP02-S-2018-000552 en fecha 17-05-2018, es decir, previo al ingreso de la solicitud de acto de imputación ante este Tribunal

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNALPRIMERODE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Remitir las presentes actuaciones signadas bajo la nomenclatura LP02-S-2018-000609 al Tribunal Segundo de Control por ser el Tribunal a quien le corresponde el conocimiento del acto de imputación al serle distribuida la causa Principal LP02-S-2018-000552 en fecha 17-05-2018, es decir, previo al ingreso de la solicitud de acto de imputación ante este Tribunal.



ABG. ROSSY SANCHEZ VALECILLOS
JUEZA (S) PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA


Abg. Anny Rangel
Secretaria de Circuito

En fecha____________se cumplió con lo ordenado, librándose oficio Nº__________________________________Sria(o)