REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Tovar, Dos de Noviembre de Dos Mil Dieciocho.
208º y 159°
Vista la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, así como el Justificativo de Testigos promovido y evacuado por ante este JuzgadoPrimero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacon de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, y que obra a los folios 11 y 12 y sus vueltos, en fecha Veinticinco (25) de Octubre del 2018; y cumplidas como han sido las formalidades de ley al respecto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: MARLENY CHACON DE LABRADOR, ANGELICA MARIA LABRADOR CHACON, ARMANDO JOSE LABRADOR CHACON y KARLA ANDREA LABRDOR CHACON, Venezolanas, mayores de edad, respectivamente, domiciliados en el Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles,asistidas por la abogada ESTELITA ACEVEDO ROA, Venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 19.847.350, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 260.593, que son ellos los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante VICTOR MANUEL LABRADOR, quien falleció ab-instestato el día Quince (15) de Abril de 2018, en el Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, según acta de defunción No. 036, la cual corre agregada al folio Cinco (05) de la presente Solicitud. Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este despacho y copia fotostática simple de lo actuado en el archivo de este Tribunal, entréguese original al interesado.-

LA JUEZ TEMPORAL

Abg. YANIUSKA OMAÑA GOMEZ.


LA SECRETARIA ACC,

Abg. DANIELA THAIS CARDOZO G.


En la misma fecha se le entregó original de la presente solicitud al interesado constante de Trece (13) folios útiles y se dejo copia simple para el archivo del Tribunal.-



La Sria Acc

Abg. Daniela Thais Cardozo G.


zs.-