REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

En el día de hoy, dieciocho (18) de octubre de dos mil dieciocho (2.018), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Conciliatoria, tal y como había sido fijada el día primero (01) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Se abrió el acto se encuentra presente la Defensora Pública Auxiliar en la Defensoría Pública Primera con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Mérida, abogada ILEANA CECILIA MARTÍNEZ MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.713.506, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.163, de este domicilio y jurídicamente hábil, igualmente se deja constancia que no se presentaron las partes intervinientes en la presente causa ni por si, ni por medio de apoderado judicial, es por lo que este Tribunal DECLARA DESIERTA la presente Audiencia Conciliatoria. Es todo, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ,

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO.
LA DEFENSORA PÚBLICA

ABG. ILEANA CECILIA MARTÍNEZ MORENO


EL SECRETARIO

ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA