REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.
El Vigía, catorce (14) de enero de dos mil diecinueve (2019)

207° y 159°

SOLICITUD N° 3579

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

-I-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

Parte Demandante: ciudadana HILDA PEREZ DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.080.128, domiciliada en Santa Cruz de Mora, sector Santa Rosa, calle El Bucary casa N° 02, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Mérida.

Apoderado Judicial de la Parte Demandante: Abogado HERMES JOSE TROCONIS QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° V-15.589.234, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 142.356, en su condición de Defensor Público (E) en Materia Agraria del Estado Mérida, Extensión El Vigía.

Parte Demandada: AMADOR PEREZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.897.726, domiciliado en el sector San Antonio Aldea La Macana, parte alta, casa s/n Parroquia Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Méria.

Motivo: ACCION POSESORIA DE RESTITUCION POR DESPOJO A LA POSESION AGRARIA.


-II-
ANTECEDENTES PROCESALES

Vista la diligencia de fecha 08 de enero de 2019 (folio 55), suscrita por la ciudadana HILDA PEREZ DE CONTRERAS, asistida por el abogado MIGUEL ANTONIO CARDENAS, mediante la cual desiste del presente procedimiento y que se homologue y se ordene el archivo del expediente; y por cuanto el Tribunal observa que de las actas no consta que con dicho desistimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, diferentes a los litigantes, de conformidad con los artículos 263, 264, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicho desistimiento, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del presente expediente.

La Juez,


Abg. Carmen C. Rosales de M.
La Secretaria,


Magaly Márquez




En esta misma fecha siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde, se publicó el fallo que antecede, ordenándose publicar y registrar en el índice de copiador de sentencias los datos del presente fallo, no dejándose copia certificada del mismo, ya que el Tribunal no posee insumos para fotocopiar y agregar al copiador de sentencias en físico.


La Secretaria,


Abg. Magaly Márquez

bcn.-