REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

En horas de despacho del día de hoy, once (11) de enero de dos mil diecinueve (2.019), siendo las nueve de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el acto de comparecencia de la ciudadana JUSTA PASTORA GUTIÉRREZ DE NIGRO. Se abrió el acto previo el pregón de ley dado por el alguacil a las puertas del despacho y se hizo presente una persona que juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.498.758, domiciliada en la calle 32, Nº 03-31, de esta ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida. Se encuentra presente el apoderado judicial de la parte actora ABG. ANTONIO D´ JESÚS MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.450.914, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 1.757, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil. Impuesta del motivo de su comparecencia y al serle puesto a la vista el documento privado de contrato de arrendamiento suscrito entre los ciudadanos JUSTA PASTORA GUTIÉRREZ VIUDA DE NIGRO, BONNIA NIGRO GUTIÉRREZ, FRANCO NIGRO GUTIÉRREZ, ANTONIO NIGRO GUTIÉRREZ, RAQUELA NIGRO GUTIÉRREZ y DAMUQLE NIGRO GUTIÉRREZ (arrendadores) y HOMERO ANTONIO LOBO SOSA (arrendatario) de fecha veintitrés (23) de agosto de dos mil doce (2.012), de un local comercial de una sola planta ubicado en la avenida 3 (Independencia), Nº 31-75 de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador de la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, inserto al folio cincuenta y cuatro (54) del presente expediente, y a objeto de que la misma reconozca el contenido y firma del documento antes mencionado, el Tribunal lo pone a su vista y Expuso: Reconozco en todas y cada una de sus partes el documento antes señalado que se me pone a la vista y tome en mis manos, igualmente reconozco como mía la firma por ser la que utilizo en mis actos públicos y privados. Vista la declaración de la ciudadana JUSTA PASTORA GUTIÉRREZ DE NIGRO, este Tribunal declara RECONOCIDO, dicho documento. Es todo, se leyó y conforme firma.
LA JUEZ

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO

LA COMPARECIENTE.


JUSTA PASTORA GUTIÉRREZ DE NIGRO

APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA

ABG. ANTONIO D´ JESÚS MALDONADO

EL SECRETARIO

ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA