REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 04 de julio de 2018
209º y 160º
CASO PRINCIPAL : LP02-O-2019-000001
CASO : LP02-O-2019-000001

AUTO FUNDADO SIN LUGAR E INOFICIOSO

Visto el escrito presentando en fecha 04-07-2019, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial, denominado ACCION CONSTITUCIONAL DE HABEAS CORPUS este juzgador emite su pronunciamiento en los siguientes términos:
De la atenta revisión de la solicitud presentada por el ciudadano JOSE GABRIEL ARAQUE DIAZ, debidamente asistido por el abogado Clímaco Monsalve, donde este juzgador en el uso de sus atribuciones por ser un esté un tribunal de garantías constitucionales a los fines de no vulnerar ningún derecho y garantizar la tutela judicial efectiva, procedió inmediatamente a constituirse en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) sub delegación Mérida, con la finalidad de obtener de manera rápida y efectiva, respuesta sobre la presunta violación de derechos y garantías constitucionales en contra del ciudadano : OSCAR ALIRIO ARAQUE DIAZ, donde una vez constituido, fue recibido por el Comisario Jefe Luis Parra Millán, quien manifestó que dicho ciudadano ya se había presentado ante el Tribunal Correspondiente, evidenciado este juzgador actuaciones referentes a la aprehensión del ciudadano OSCAR ALIRIO ARAQUE DIAZ, quien efectivamente había sido presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Circuito Judicial Penal Ordinario, por cuanto el mismo también presentaba orden de aprehensión en su contra por un Tribunal Penal Ordinario y Especial, de lo cual evidenció este juzgador el sello húmedo de fecha 04-07-2019, hora: 12:30 p.m. sellado por la oficia de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), en consecuencia, este juzgador una vez verificado el cese de la presunta lesión de derechos y garantías constitucionales en contra del ciudadano OSCAR ALIRIO ARAQUE DIAZ, debe decretar sin lugar e inoficioso la solicitud interpuesta por el ciudadano JOSE GABRIEL ARAQUE DIAZ. Así se decide.

Ante la decisión emitida, no se evidencia temeridad alguna, en consecuencia, no se impone sanción tal cual lo establece el artículo 28 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide

DECISIÓN
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:: UNICO: declara sin lugar e inoficioso la solicitud recibida por los argumentos antes expuesto. Se ordena la notificación de la presunta parte agraviada.. Cúmplase.


EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01.
ABG. EDGA ALEXANDER MIR RIVAS
EL SECRETARIO;
ABG. MINNELLI LEON

En fecha ______________, se cumplió con lo ordenado______________________
La Sria