REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.
En el día de hoy jueves, once (11) de julio de dos mil diecinueve (2019), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la continuación de la Audiencia de Mediación, tal como fue prorrogada en fecha cuatro (04) de julio de dos mil diecinueve (2019), de conformidad con el artículo 104 de la Ley para La Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en el expediente civil número 8488, cuya carátula entre otras especificaciones dice: DEMANDANTE(S): FERNÁNDEZ MÁRQUEZ PEDRO, A través de su apoderada Judicial Abogada ZENAIDA LA CRUZ.- DEMANDADO(S): CHACÓN MOLINA MIGUEL ANGEL.- MOTIVO: DESALOJO (Vivienda), y encontrándose la parte demandada a derecho según se desprende de autos, se anunció el acto a la puerta de este Tribunal, previo el pregón de Ley hecho por el Alguacil, se solicitó al Secretario verificar la asistencia de las partes. Se deja constancia que se encuentra presente la apoderada judicial de la parte demandante abogada ZENAIDA LA CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.974.334, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 109.831, de este domicilio y jurídicamente hábil. Igualmente se deja constancia que se encuentra presente el apoderado judicial de la parte demandada, abogado MIGUEL ANGEL YANEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.539.028, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 190.584, de este domicilio y jurídicamente hábil. Seguidamente la Juez instó a las partes a llegar a un convenimiento y visto la imposibilidad del mismo es por lo que la parte demandada deberá dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a partir del día de hoy, exclusive, dar contestación a la demanda, de conformidad con el artículo 107 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. HEYNI D. MALDONADO G.
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
ABG. ZENAIDA LA CRUZ
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
ABG. MIGUEL ANGEL YANEZ HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA