REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, diez (10) de enero de dos mil veinte (2.020).-

209º y 160º

Vista la diligencia de fecha nueve (09) de enero de dos mil veinte (2.020), suscrita por la abogada NORELBY ANDREINA BALZA DE ARELLANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario del Convenimiento en fecha tres (03) de diciembre de dos mil diecinueve (2.019) y decretada firme en fecha doce (12) de diciembre de dos mil diecinueve (2.019), se ordena la ejecución forzosa y en consecuencia líbrese MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier tribunal competente de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada hacer efectiva entrega a la parte actora del inmueble, libre de personas, muebles, animales y/o cosas a saber el inmueble constituido por BAR-RESTAURANT, ubicado en la planta baja del Edificio Hotel Teleférico, final calle 25 Pasaje El Silencio Nº 8-85 Frente a la Plaza Las Heroínas Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución.

EL JUEZ TEMPORAL

ABG. VICTOR D. PALENCIA C.
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA.