REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DMEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, trece (13) de febrero de dos mil veinte (2.020).-

209º y 160º

Vista la diligencia de fecha veintisiete (27) de febrero de dos mil veinte (2.020) suscrita por la ciudadana GLENDA COROMOTO DUGARTE NAVA, en su carácter acreditado en autos, asistida por la ABG. NATALIA MARINA SALCEDO PAPARONI, mediante el cual solicita el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva dictada en fecha veintinueve (29) de marzo de dos mil once (2.011), confirmada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida y su ampliación de sentencia en fecha cinco (05) de junio de dos mil quince (2.015) y decretada firme en fecha veintinueve (29) de junio de dos mil quince (2.015, se ordena la ejecución forzosa y en consecuencia líbrese MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier tribunal competente de la República de conformidad con el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada hacer efectiva entrega a la parte actora del inmueble, libre de personas, muebles, animales y/o cosas a saber el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la calle 28, áreas entre Avenidas 3 y 4 N° 3-55, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución.

EL JUEZ TEMPORAL

ABG. VICTOR D. PALENCIA C.

EL SECRETARIO

ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA.