REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA.-
El Vigía, seis (06) de octubre de dos mil veinte (2020).

210° y 161°

EXPEDIENTE N° 3400

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

-I-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

Parte Demandante: YUDITH JOSEFINA MONSALVE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.268.731, con domicilio procesal en San Juan de Lagunillas, sector Piedra Negra, vía La Polvoría, parte baja, primera Petrocasa S/N, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida.

Parte Demandada: AIDA MONSALVE HERNANDEZ, JULIAN EZEQUIEL MONSALVE HERNANDEZ, JOSE EUFRACIO MONSALVE HERNANDEZ, JOSE CATALINO MONSALVE HERNANDEZ, MANUEL ANTONIO MONSALVE HERNANDEZ, MARIA AUXILIADORA MONSALVE DE CONTRERAS, RAMONA MARIA MONSALVE HERNANDEZ, TRINA MONSALVE HERNANDEZ, NANCY COROMOTO MONSALVE DE RANGEL y JUAN ALBERTO MONSALVE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.020.907, V-8.020.906, V-9.479.047, V-10.715.285, V-11.467.095, V-10.715.283, V-12.343.049, V-11.467.100, V-13.967.749 y V-14.268.877, en su orden, domiciliados en Lomas del Zanjon Blanco, hoy El Estanquillo Alto, Piedra Negra, frente al Palotal, casa N° 0-40, jurisdicción de la Parroquia San Juan, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida.

Apoderado judicial de los co-demandados, ciudadanos NANCY COROMOTO MONSALVE DE RANGEL, JOSE EUFRACIO MONSALVE HERNANDEZ, JOSE CATALINO MONSALVE HERNANDEZ, MANUEL ANTONIO MONSALVE HERNANDEZ, TRINA MONSALVE HERNANDEZ, AIDA MONSALVE HERNANDEZ y JUAN ALBERTO MONSALVE HERNANDEZ: HENDER JOHNKLIN BENITEZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.224.286, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.573, domiciliado en la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida.

Los co-demandados, ciudadanos MARIA AUXILIADORA MONSALVE DE CONTRERAS, RAMONA MARIA MONSALVE HERNANDEZ y JULIAN MONSALVE HERNANDEZ, 0se encuentran representados por la Defensa Pública Primera en materia Agraria de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en El Vigía.

ASUNTO: PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS.

-II-
ANTECEDENTES PROCESALES

Por cuanto el Tribunal observa que en fecha 12 de noviembre de 2019 (folio 795, tercera pieza), se recibió oportunamente y se agregó al presente expediente el informe de partición realizado por el Ingeniero LUIS HERNANDEZ, identificado en autos, en su carácter de partidor, procedente del Director de la UTASMPPAPT-MERIDA, DIVISION DE DESARROLLO RURAL, con sede en Mérida, con oficio N° 0135 de fecha 28 de octubre de 2019, y en virtud de que dentro del lapso legal ninguna de las partes formularon objeciones a la misma, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, declara expresamente concluida la partición a que se contrae el presente juicio, seguida por la ciudadana YUDITH JOSEFINA MONSALVE HERNANDEZ, contra los ciudadanos AIDA MONSALVE HERNANDEZ, JULIAN EZEQUIEL MONSALVE HERNANDEZ, JOSE EUFRACIO MONSALVE HERNANDEZ, JOSE CATALINO MONSALVE HERNANDEZ, MANUEL ANTONIO MONSALVE HERNANDEZ, MARIA AUXILIADORA MONSALVE DE CONTRERAS, RAMONA MARIA MONSALVE HERNANDEZ, TRINA MONSALVE HERNANDEZ, NANCY COROMOTO MONSALVE DE RANGEL y JUAN ALBERTO MONSALVE HERNANDEZ, y así se decide.

La Juez,


Abg. Carmen C. Rosales de M.


El Secretario Accidental,


Abg. Leovardo Velazco Mora

En la misma fecha y siendo las once de la mañana, se publicó el fallo que antecede, ordenándose publicar y registrar en el índice de copiador de sentencias los datos del presente fallo, no dejándose copia certificada del mismo, ya que el Tribunal no posee insumos para fotocopiar y agregar al copiador de sentencias interlocutorias con fuerza definitiva en físico.

El Srio. Acc.,


Abg. Leovardo Velazco Mora