REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A
Se dictó auto fundado mediante el cual este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: En relación a la omisión que presuntamente alega el representante del ministerio público Abg. Jesús Zerpa Pinzón, Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público, esta juzgadora le informa que al folio (122) cursa decisión dictada por este despacho judicial en fecha 10-03-2020 mediante la cual se decreto orden de aprehensión al adolescente José Nataniel Molina Molina en atención al informe de fecha 10-01-2020 suscrito por el Trabajador Social Lic. Orlando Salinas debido a que informó el incumplimiento del referido adolescente. SEGUNDO: En audiencia de fecha 28-10-2021 se realizó audiencia de imposición Orden de Captura debido que el Joven adulto José Nataniel Molina Molina se presentó de manera voluntaria encontrándose presente el Abg. Luis Alberto Díaz, en su condición de Fiscal Auxiliar Décimo Segundo del Ministerio Público del Estado Mérida, donde este Tribunal le impuso de la orden de captura debidamente ordenada por este despacho ya mencionada, así mismo se acordó prorrogar el lapso a prueba por el término de un (1) consistente en la realización de una labor social la cual realizaría el joven adulto en la unidad educativa “San Pedro de Tovar”, así mismo se comprometió restituir a la víctima 02 PARES DE PASTILLAS DE FRENOS COLOR NEGRO CON ROJO PARA FORD TRITON 2010; 02 PARES DE PASTILLAS DE FRENOS FORD FIESTA;01 BANDAS DE FRENOS COLOR GRIS, para lo cual se fijó la audiencia del día 01-12-2021 para dicha homologación, el Fiscal Auxiliar convalido con su presencia lo debidamente decido en dicha audiencia convalidando la decisión de quién suscribe, prorroga del lapso que fue debidamente fundamenta en fecha 29-10-2021.- TERCERO: encontrándonos presente en el día de hoy así como la victima ciudadano Julio Cesar Suarez manifestó al tribunal que: ”recibe en este acto dos cajas (2) pastillas por caja de frenos de la marca SUBRAKE BRAKE PAD D649-7529, para Ford Fiesta, como dije si esto lo alargamos más pierdo yo tiempo en ir y venir, yo no puedo estar viniendo para acá, lo demás queda por parte de nosotros y fuera del tribunal el compromiso entre él y yo de lo que falta de una (1) banda de frenos color gris (02) pares de pastillas de frenos color negro con rojo para Ford Triton 2010. Es todo”, ante tal decisión es evidente la decisión de la víctima presente en sala.- CUARTO: en relación al cumplimiento de la labor social impuesta y prorrogada, el tribunal le impuso el cumplimento de un mes lo cual presentó planillas a este despacho y las mismas fueron verificadas que fueron realizadas en el mes de noviembre, es por lo DECLARA SIN LUGAR la solicitud del ministerio público en relación de continuar con el proceso y remitir la presente causa al tribunal de juicio, en consecuencia homologa el acuerdo en que llego y decreto el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, conforme a los previsto en el artículo 49 ordinal sexto del Código Orgánico Procesal Penal y 300 ejusdem, ordinal 3º por cumplimiento de lo ordenado en la decisión de fecha 28 de octubre del presente año, aunado a la manifestación expresa en sala del ciudadano Julio César Suarez Ramírez en su condición de víctima y como bien así lo dejo manifestado el representante del ministerio público en esta sala la Ley Orgánica de Protección para Niños, Niñas Y Adolescentes tiene un carácter educativo gratuito y peculiar .