TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, Lagunillas, Cinco (05) de Abril del Dos Mil Veintidós (2022) .
211° y 163°
Visto.- El Convenimiento suscrito por los ciudadanos ISABEL TERESA CONTRERAS y JOSÈ HUGO GUTIERREZ MÀRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.024.004 y V-8.710.676, domiciliados en el Sector Los Limos, Parroquia, Lagunillas Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, quienes expusieron. “Que la finca conocida como el MACIEGAL denominada “San Antonio” según de garantía de permanencia de fecha 24/03/2009, Nº 20, folio 20, tomo 148 de los libros de Autenticaciones llevados por la Unidad de memoria documental del Instituto Nacional de Tierras emanada en reunión Nº 2016-09 de fecha 12-01-2009, el Director del Instituto Nacional de Tierras le otorgó a Elider Gutiérrez Márquez, venezolano, mayor de edad, agricultor, cedula de identidad Nº V- 8.710.677 y que dicho ciudadano vendió por documento privado a JOSE HUGO GUTIERREZ ya identificado en autos el lote de terreno ubicado en el Sector el Maciegal Parroquia Pueblo Nuevo del Sur Municipio Sucre Estado Bolivariano de Mérida con los siguientes linderos, NORTE: NORTE: Carretera Rafael Caldera. SUR: Terreno ocupado por sucesión Gutiérrez; ESTE: Quebrada Pueblo Nuevo y OESTE: Quebrada Los Limos, demarcada por los puntos de coordenadas levantados en proyección universal transversal de Mercator (U.T.M) Constante de una superficie de Seis Hectáreas con Dos Mil Setecientos Veintitrés Metros Cuadrados (6 ha con 2723 m2), según consta en documento privado presentado en este acto en original y dejando copia de dicho documento privado de la venta, en consecuencia el Ciudadano Hugo Gutiérrez Márquez en este acto sede todos sus derechos y acciones que le corresponden en derecho en este acto sobre dicho lote de terreno ya identificado a la Ciudadana: ISABEL TERESA CONTRERAS ya identificada, por otra parte el Ciudadano: JOSÈ HUGO GUTIERREZ MÀRQUEZ sede todos sus derechos y acciones que le corresponden sobre la casa de habitación construida con techo de zinc, paredes de bloques, pisos de cemento, tres (3) habitaciones, un (01)
baño, cocina, comedor, sala, electricidad interna, lavadero, porche, agua y pozo séptico según documento certificación de fecha 04/08/2015, emanado de la Oficina de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre . No obstante el Tribunal deja constancia que dicha casa de habitación cuenta con Cinco (5) habitaciones y no de tres como lo establece el documento de certificación presentada. La Ciudadana Isabel Contreras ya identificada hace entrega de una planta eléctrica, marca Honda con las características de EP5000CXS color Rojo con su respectivo cable. Dejando copia del documento arriba descrito.