REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, dieciocho (18) de abril de dos mil veintidós (2022).-

211º y 162º

Vista la diligencia de fecha cinco (05) de abril de dos mil veintidós (2022), suscrita por la abogada en ejercicio OLGA GUILLÉN SAAVEDRA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal, en fecha dieciséis (16) de marzo de dos mil diecisiete (2017), confirmada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida en fecha trece (13) de noviembre de dos mil diecinueve (2019), y la misma fue decretada firme en fecha diez (10) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), se ordena la ejecución forzosa y en consecuencia líbrese MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier tribunal competente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada hacer efectiva entrega a la parte actora del inmueble consistente en un local comercial integrante del Mercado Principal, ubicado en la avenida Las Américas, situado en el segundo piso, tercera planta, Modulo “A”, signado con el Nº 36, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, libre de personas, muebles, animales y/o cosas. Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución.
EL JUEZ

ABG. JORGE GREGORIO SALCEDO V.

EL SECRETARIO

ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA.