REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.

SOLICITUD Nº: 1369-2022.

SOLICITANTE: ORLANDO RAFAEL DIAZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.864.823, domiciliado en la parroquia Leonardo Ruiz Pineda, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro.


MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
I

En fecha Treinta (30) de Noviembre de 2022, se recibe previa distribución, la solicitud de Título Supletorio presentada por el ciudadano ORLANDO RAFAEL DIAZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.864.823, domiciliado en la parroquia Leonardo Ruiz Pineda, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha Dos (2) de Diciembre de 2022, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.

En fecha Seis (6) de Diciembre de 2022, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos JOSE LUIS BERMUDEZ Y LISANDRO ENRIQUE FARIÑAS ZACARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.858.865 y Nº V- 11.206.138, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.

II

Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por el ciudadano ORLANDO RAFAEL DIAZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.864.823, sobre una parcela de terreno patrimonio del concejo municipal, la cual tiene una superficie de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360 Mts2) y un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y SEIS CON TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (146,35 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de Albina Velásquez con 15,00 metros; SUR: Calle Simón Rodríguez con 15,00 metros; ESTE: Casa que es o fu de Celia Ramírez con 24,00 metros y OESTE: Casa que es o fue de Luis Pedroza con 24,00 metros; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene el ciudadano ORLANDO RAFAEL DIAZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.864.823, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos JOSE LUIS BERMUDEZ Y LISANDRO ENRIQUE FARIÑAS ZACARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.858.865 y Nº V- 11.206.138, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, a sus propias expensas ha fomentado la referida bienhechuría que se encuentra ubicada en la calle Simón Rodríguez, casa número 3, parroquia Leonardo Ruiz Pineda, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, la cual tiene un valor aproximado de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 45.000,00).

Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los Doce (12) días del mes de Diciembre de Dos Mil Veintidós (2022). Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
La Jueza,


ROILENA DEL VALLE AZUGARAY GASCON.

El Secretario,


LORELVIS ENRIQUE SILVA.
En esta misma fecha, siendo las 10:45 a.m., previo anuncio de ley, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.


Secretario.
Solicitud: N° 1369-2022
RDVAG/les