REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Lagunillas, Veinticinco (25) de Febrero del Año Dos Mil Veintidós.
211° y 163º
VISTO la diligencia de fecha 23/02/2022, suscrita por el abogado en ejercicio JOSÈ OSCAR VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº5.197.777, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 23.616, con el carácter de Apoderado Judicial a través de la cual expuso: “Desisto de la acción y procedimiento de la presente causa y pido al tribunal el desglose de los documentos que corren insertos al los folios 5 al 9 dejando en su lugar las correspondientes copias certificadas y que los mismos sean entregados al demandado en autos”.