REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADOBOLIVARIANO DE MÉRIDA.
El Vigía, ocho de febrero de dos mil veintidós.
211º y 162º

SOLICITANTE: BILEIDY KIUSBEL DURAN BARILLAS
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA.

Por cuanto el Tribunal observa que la ciudadana MARYURIS ARENAS CACERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.499.693, se dio por citada tal y como consta en autos y por cuanto la ciudadana BILEIDY KIUSBEL DURAN BARILLAS, solicitó que se declare reconocido el documento privado que obra a los autos, es por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 1364 del Código Civil, en concordancia con el artículo 899 del Código de Procedimiento Civil, declara RECONOCIDO, el documento privado de fecha 15 de octubre de 2021, específicamente para fines legales subsiguientes previsto en el artículo 1923 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros.


Abg. JOSE VALDEMAR MOLINA MANAURE
JUEZ TEMPORAL



Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ
SECRETARIA TEMPORAL