TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022).-

212° y 163°

Visto el CONVENIMIENTO celebrado por las partes intervinientes en el presente juicio, mediante escrito de fecha nueve (09) de mayo de dos mil veintidós (2022), que corre inserto al folio quinientos sesenta y ocho (568) del presente expediente. Este tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman el mismo, observa que este no vulnera el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, en consecuencia, se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio. Se SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha nueve (09) de abril de dos mil trece (2.013), se ordena oficiar al Registro Público del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente. Se acuerda agregar a los autos el cuaderno de MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR librado en el presente juicio.
EL JUEZ

ABG. JORGE GREGORIO SALCEDO V.

EL SECRETARIO

ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA.

EN LA MISMA FECHA SE OFICIO BAJO EL N° 175.

En la misma fecha se copió y publicó, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) Quedando su asiento en el libro diario bajo el número 02, y se expidió copia certificada en formato PDF a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencia llevado por este Tribunal.-
SRIO.