MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SANTA CRUZ DE MORA, SEIS DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDÓS (06-07-2022).
212° Y 163°
Por recibida la presente solicitud, presentada por la ciudadana ALBA RODRIGUEZ DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V- 8.087.901, domiciliada en Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por el abogado: MANUEL ISIDRO VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.085.903, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 175.412, domiciliado en Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia, désele entrada, fórmese expediente y háganse las demás anotaciones de Ley se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, notifíquese mediante boleta al Fiscal para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del estado Bolivariano de Mérida, con sede en Mérida, haciéndole saber la existencia del juicio, líbrese boleta. Emplácese mediante Edicto que será publicado en un diario de amplia circulación nacional a quienes puedan tener interés en dicho procedimiento, para que comparezca por ante el despacho de este Tribunal en el décimo (10) día siguiente a la publicación del edicto, a las diez (10:00) de la mañana a fin de que manifieste cuanto crea conveniente en relación con la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento del nombre de la madre de la solicitante, o formule la oposición a la misma. De no darse esta oposición, la causa quedará abierta a pruebas de conformidad con los artículos 769, 770, 771, 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil.
JUEZ SUPLENTE
ABG. MILAGROS URBINA RANGEL
SECRETARIA TEMPORAL
TSU. YANIRE MOLINA RAMIREZ
En la misma fecha se formó expediente, se le dio entrada bajo el N° 15-2022 del Libro de Entrada y Salidas de Solicitudes llevadas por este Juzgado y se hicieron las demás anotaciones de Ley.
SECRETARIA TEMPORAL
TSU. YANIRE MOLINA RAMIREZ
MUR/ymr
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