REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

EN SU NOMBRE.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. LAGUNILLAS, Doce (12) de Abril del Año Dos Mil Veintitrés
212º y 164º
Vista la Solicitud de Audiencia de Equidad en la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal, presentada por el ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.605.844, domiciliado en la Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil y por la parte notificada Directiva de la Asociación Civil Línea Lagunillas del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida. En fecha 25-01-2023 se recibió la solicitud de Audiencia de Equidad en la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal, presentada por el ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Martínez, plenamente identificado en la presente solicitud donde expone: “…Se procedió a vender al ciudadano Orlando José Briceño, titular de la cédula de identidad N° V-12.352.201, un minibús con las siguientes características: placa: AA6158, Marca Dodge, Tipo Colectivo, Año 1992, Serial de Carrocería 3B6ME394XNM575855 en fecha 05 de Octubre del Año 2009, SEGÚN documento que presento en copia simple, pero sucedió ciudadano Juez de Paz, que no se le vendió el cupo, dicho cupo identificado con el N° 32; razón por la cual acudo a su investidura para reclamar mi derecho de Propiedad sobre dicho cupo que poseo en La Organización Civil Línea Lagunillas Mérida. Aclaro, solo vendimos el autobús no el cupo, por ello exijo que se me Regrese por ser el legítimo dueño…” En fecha 31-01-2023 se le dio entrada bajo el N° 2023-1284 y se realizó la anotaciones estadística en el Libro de Solicitudes; se ordenó la Notificación de la Junta Directiva de la Asociación Civil Línea Lagunillas Mérida y/o su representante legal a que compareciera el día 23 de Febrero del Año 2023 con el fin de realizar la audiencia inicial de la presente solicitud. (Folios 01 y 14).En fecha 17-02-2023 el Alguacil de este Tribunal ciudadano Elis Eduardo Ramírez Velazco, devuelve boleta de notificación debidamente firmada por el ciudadano Freddy Guillén, titular de la cédula de identidad N° V-3.605.844, en su carácter de presidente de la Asociación Civil Línea Lagunillas Mérida y se agregó a los autos. (Folios 15 y 16).En fecha 23-02-2023 Siendo las Nueve y Treinta (9.30 a.m.) se realizo acto Inicial de AUDIENCIA CONCILIATORIA Y DE MEDIACIÓN en la presente Solicitud de Audiencia de Equidad en la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal a través de la cual el suscrito Juez ciudadano abogado Víctor Manuel Baptista Vásquez convocada, se hicieron presente la parte solicitante ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Martínez, venezolano, mayor de edad, de profesión Economista, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.605.844, Número de Teléfono 0426-1749079, domiciliado en la Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil y las partes Notificadas ciudadanos Freddy Guillen Guerrero, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.649.529, Presidente de la Línea, José Erasmo Araque Varela, soltero, titular de la cédula V-10.715.984, Vice-Presidente de la Junta Directiva, Francy Yunely Salazar Araque, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-11.466.782, Secretaria de la Junta Directiva, Luis Omar Meneses Manchego, casado, titular de la cédula Nº V- 9.146.125, Colaborador de la Línea. En este estado el ciudadano Juez abogado Víctor Manuel Baptista Vásquez, le informó a los presentes el motivo de la reunión conciliatoria, señalando en que consiste el presente procedimiento como también los Derechos Constitucionales de los asistentes informándoles el problema planteado. De inmediato le concede el derecho de palabra a la parte solicitante ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Martínez, plenamente identificado en autos y expone:”…En este caso la comunicación es muy clara de un primer momento le pedí a la junta directiva estoy esperando una respuesta a la persona que está involucrada se le envió mensaje para llegar a un acuerdo, el señor Orlando se me acerco para hablar, yo quiero que la junta directiva actual me de una respuesta de la solicitud, la respuesta por escrito y la capacidad de llegar a un acuerdo”… igualmente el ciudadano Juez abogado Víctor Manuel Baptista Vásquez, le concede el derecho de palabra a la parte Notificada ciudadano Freddy Guillen en su carácter de Presidente y expuso:“. . . pues yo aquí en la línea tengo 10 años cuando yo entre el señor Orlando estaba como accionista ya él era como socio del cupo número 32, cuando hacemos las asambleas el señor Orlando firma por el cupo 32, y el señor Ricardo firma por el cupo 11 y 13, cuando uno compra un autobús en el documento de compra venta no se puede indicar el cupo, pero el carro se compra con el cupo, cuando alguien vendía va y presenta el nuevo socio en la asamblea, en el libro de acta esta la constancia de la venta del cupo y el nombre del nuevo socio del cupo Nº 32. . .” En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Luis Omar Meneses Manhego, y expuso:” . . . Yo lo que le he dicho al jefe es que analice bien si yo compro un vehículo se lleva a otra parte o se vende con todo y el cupo, ese día se presentó el señor Orlando como nuevo dueño del carro y el cupo este señor ya tiene 13 años como dueño de ese cupo, a lo mejor fue un error en ese entonces que no se hizo por escrito, señor Ricardo trate de recordar que paso con la negociación en ese entonces…” En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Francy Yunely Salazar Araque y expone:”. . . Lo único que yo sé que cuando entre 2014-2015 ya estaba el señor Orlando y también el señor Ricardo, el señor Orlando siempre estaba presente cuando se pasaba la asistencia por el cupo 32, y cuando yo entre me pidieron una carta que presidente solicito que tenía que dar el cupo por escrito, ya sacaron una planilla donde nosotros le compramos el certificado de acción al que vende. . .” En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano José Erasmo Araque Varela plenamente identificado en autos y expuso: “. . .Si yo estuve presente en la venta del señor Ricardo y Orlando yo fui quien busco el negocio, buscamos al señor Juan Dávila quien fue el que hizo el documento luego se presentó como nuevo socio del cupo 32 el señor Orlando yo llegue y negocie que si venida el vehículo 32 con todo y cupo y dijo que si lo vendía el señor Ricardo, delante del hijo y de la difunta, luego fuimos y nos presentamos como socio y de ahí en adelante siguió siendo el socio el señor Orlando. . .” En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Freddy Guillén y expuso:”. . . en cuanto a que se le restablezca el cupo al señor Ricardo mi opinión seria llamar a una Asamblea extraordinaria, el cual la voy a convocar para el aproximadamente en quince (15) días. . .” Se le concede el derecho de palabra al ciudadano José Erasmo Araque Varela, propone una reunión con el señor Ricardo Alcalá, Orlando José Rodríguez Briceño y Freddy Guillén a los fines de tratar lo relacionado con la problemática para buscar una solución conjunta antes del siete de Marzo del corriente año. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano Ricardo Alcala y expuso: “…converso con Freddy que uno tiene que ajustarse a las leyes a la Constitución se cometió el error cuando Orlando entro de no pedirle la credencial debieron de haberla pedido, ojala que se dé la conversación con Orlando antes de la Asamblea y lleguemos a un acuerdo y lo que se decida lo voy a respetar. Visto el preacuerdo inicial al que han llegado este Tribunal señala que no se da por concluido el acto hasta tanto se tenga información de las resultas a las diligencias que se han comprometido realizar las partes. Se acuerda diferir la audiencia y se fijara nuevamente una vez conste las resultas de lo acordado…” (Folios 17 y 18). En fecha 28/02/2023 se recibió escrito presentando por el ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Bautista plenamente identificado en autos, a través solicita copias simples y se agrego a los autos. (Folios 19 y 20). En fecha 03/03/2023 2023 se recibió escrito presentando por el ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Bautista plenamente identificado en autos, a través retira copias simples y se agrego a los autos. (Folios 21 y 22). En fecha 03/03/2023 en horas de despacho se hizo presente por ante este despacho el ciudadano Ricardo Bautista Alcalá Bautista, plenamente identificado en autos, consignado Escrito y exponen: “. . . solicitamos el cierre del expediente N° 2023-1284, por el acuerdo llegado en la reunión del 27-02-2023, donde me cancelaron el supo y se hizo el traspaso de la acción y derechos al señor Orlando Rodríguez, portador de la cédula de identidad N° V-12.352.201, el N° del cupo es el 32 de Línea Lagunillas. . .”