SOLICITUD N° 621-23
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora, y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. El Vigía, tres (03) de abril del año 2023.
212º y 164º
DEMANDANTE(S): Abogado RAFAELA VELLANIRA GOMEZ DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.281.323, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 193.870, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano Mérida, apoderada judicial de la ciudadana ALBERTINA COROMOTO CONTRERAS ROJAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad N° V.- 19.977.160, domiciliada en Bogotá, Distrito Capital, Departamento Cundinamarca, localidad santa fe, carrera 9 este # 1b-48 barrio consuelo, identificada en Colombia con el permiso protección temporal (PPT) N° 5468841, número de teléfono +573153622541, e-mail Ninacontrerasroja@gmail.com; según consta en Poder Especial Apostillado y Legalizado, de fecha 02 de febrero de 2023, N° A2XCC161650741, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, y civilmente hábiles.
DEMANDADO(S): YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 22.548.462, domiciliado en el extranjero calle Marco Polo 8666, Pudahuel Sur Chile Santiago de Chile, número telefónico +56987613756, e-mail conasyimy@gmail.com, y civilmente hábil.
MOTIVO: DIVORCIO.
PARTE NARRATIVA
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, por medio del cual la Abogado RAFAELA VELLANIRA GOMEZ DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.281.323, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 193.870, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano Mérida, apoderada judicial de la ciudadana ALBERTINA COROMOTO CONTRERAS ROJAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad N° V.- 19.977.160, domiciliada en Bogotá, Distrito Capital, Departamento Cundinamarca, localidad santa fe, carrera 9 este # 1b-48 barrio consuelo, identificada en Colombia con el permiso protección temporal (PPT) N° 5468841, número de teléfono +573153622541, e-mail Ninacontrerasroja@gmail.com; según consta en Poder Especial Apostillado y Legalizado, de fecha 02 de febrero de 2023, N° A2XCC161650741, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, y hábiles, solicitan el DIVORCIO, de conformidad con la Sentencia N° 446/2014, de fecha 15 de mayo de 2014, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En fecha seis (06) de marzo de 2023, el Tribunal recibe previa distribución el escrito de solicitud de Divorcio suscrito por la Abogado RAFAELA VELLANIRA GOMEZ DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.281.323, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 193.870, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano Mérida, apoderada judicial de la ciudadana ALBERTINA COROMOTO CONTRERAS ROJAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad N° V.- 19.977.160, plenamente identificadas.
En fecha nueve (09) de marzo de 2023, fue admitida la presente solicitud, por ser este Tribunal competente por el territorio y la materia, y en virtud de que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición legal expresa, el Tribunal fijó para el tercer día de Despacho siguiente una vez conste en autos su citación vía correo electrónico y agregado a los autos, a las diez de la mañana (10:00 am), a una Audiencia en la Sala Telemática del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, a fin que el demandado ciudadano YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 22.548.462, domiciliado en el extranjero calle Marco Polo 8666, Pudahuel Sur Chile Santiago de Chile, número telefónico +56987613756, e-mail conasyimy@gmail.com y hábil, ratifique la solicitud cabeza de autos, se libró boleta de citación y la notificación a la FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA EN PROTECCION AL NIÑO, AL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA.
En fecha nueve (09) de marzo de 2023, la Alguacil Accidental del Despacho dejó constancia que recibió los emolumentos necesarios para la reproducción fotostática del libelo y auto de admisión para la respectiva citación y notificación, en esta misma fecha la Alguacil Accidental dejo constancia que envió vía correo electrónico del Tribunal, boleta de citación librada al ciudadano YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA.
En fecha trece (13) de marzo de 2023, se recibió boleta de citación vía correo electrónico del Tribunal, y la Alguacil del Despacho la devolvió en copia simple debidamente firmada por el ciudadano YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA, y se agrego a la solicitud.
En fecha dieciséis (16) de marzo de 2023, se realizó Audiencia en la Sala Telemática del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía Municipio Alberto Adriani, con el ciudadano YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA, ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito de solicitud de Divorcio de conformidad con la Sentencia N° 446, de fecha 15 de mayo de 2014, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En fecha dieciséis (16) de marzo de 2023, la Alguacil del Despacho devolvió boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal para la Protección al Niños, Niñas y Adolescente Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Mérida y se agrego a la solicitud.
A efectos de decidir el Tribunal observa:
PARTE MOTIVA
Consta en autos: PRIMERO: Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos ALBERTINA COROMOTO CONTRERAS ROJAS Y YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA, ambos plenamente identificados en autos, celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Capital, Municipio Córdoba del estado Táchira, de fecha veinte (20) de febrero de 2015. SEGUNDO: Copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de los cónyuges. TERCERO: En la presente solicitud la ciudadana ALBERTINA COROMOTO CONTRERAS ROJAS, manifiesta haber permanecido separados por más de cinco años, ocurriendo la separación y el desafecto, de conformidad con la Sentencia N° 446, de fecha 15 de mayo de 2014, con carácter vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, durante la unión conyugal no procrearon hijos y tampoco adquirieron bienes de fortuna. CUARTO: No habiendo hecho objeción alguna a la misma la Fiscalía del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida, y establecido como ha quedado que es voluntad de los cónyuges el separarse, este Tribunal pasa a dictar sentencia en la presente causa.
PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA CON SEDE EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con la Sentencia N° 446, de fecha 15 de mayo de 2014, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ALBERTINA COROMOTO CONTRERAS ROJAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad N° V.- 19.977.160, y YIMY JAVIER TELLEZ SIERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 22.548.462, respectivamente.
PUBLIQUESE, COPIESE Y REGISTRESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LASALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en El Vigía a los tres (03) días del mes de abril 2023.-
Abg. JOSE VALDEMAR MOLINA MANURE
JUEZ
Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previo el pregón de ley, siendo las diez de la mañana.
Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA
JVMM//mapa.-
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