REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, veinte (20) de enero de dos mil veintitrés (2.023).-
212º y 163º
Vista la diligencia de fecha diecisiete (17) de enero de dos mil veintitrés (2.023), mediante la cual el ciudadano JOSÉ GREGORIO JERÉZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.106.447, domiciliado en Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistido en este acto por la abogada en ejercicio MARVIS ALBORNOZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.959.604, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.976, domiciliada en Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, apela de la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de enero de dos mil veintitrés (2.023), se OYE la misma en un solo efecto, por cuanto fue solicitada dentro del lapso legal correspondiente. En consecuencia, se acuerda remitir al JUZGADO DISTRIBUIDOR SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, las copias certificadas que indique la parte apelante y de las que se reserve indicar el Tribunal, a los fines de su distribución y a quien corresponda conozca de la misma.-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. GÉNESIS CAROLINA HERRERA