REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Mérida, 27 de enero de 2023.
2011º y 163º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2017-005158
ASUNTO : LP01-P-2017-005158

Vista la solicitud efectuada por el abogado Omar Guerra, representante de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público en fecha 17 de enero de 2023, mediante el cual peticiona se libre orden de aprehensión en contra del ciudadano Jesús Andrés Flores Fernández, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:

Al revisar la solicitud de la fiscalía y las actuaciones del caso, este Tribunal constata que en fecha 11 de julio de 2017, el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 acordó medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días, prohibición de cometer algún otro hecho punible, en especial el de porte de arma de fuego y no participar en alteraciones del orden público, conforme a lo señalado en los numerales 3, 8 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.

Asimismo, se verifica que en fecha 26 de abril de 2018 fue celebrada la audiencia preliminar, en la cual se admitió totalmente la acusación fiscal y se ordenó la apertura a juicio oral y público, ingresando a este juzgado en fecha 10 de octubre de 2018, fijándose en consecuencia el juicio oral y público.

En fecha 27 de octubre de 2022, quien suscribe se aboca al conocimiento del presente asunto, acordándose fijar fecha para el inicio de juicio oral y público, para el 17 de enero de 2023 a las 10:30 a.m., librándose en consecuencia la boleta CJPM-K-BOL-2022-005603 cuya resulta fue positiva tanto para la Fiscalía y acusados (folio 344).

Ahora bien, evidencia esta juzgadora de las actuaciones, específicamente al folio 344, que aun cuando la citación del ciudadano Jesús Andrés Flores Fernández fue practicada conforme al artículo 170 del Código Orgánico Procesal, tal como el alguacil lo dejó en la diligencia, según la cual fue recibida la copia de la boleta por una ciudadana identificada como Belkis Toro (vecina) y que le informaría al acusado de autos, no menos cierto es que tal citación no fue de manera personal, constatándose que tampoco se agotaron todos los mecanismos para la ubicación del ciudadano Jesús Andrés Flores Fernández, por lo que en aras de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa que le asiste al mencionado ciudadano, lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la solicitud fiscal de revocar la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad otorgada 11 de julio de 2017.

Por cuanto se aprecia del mismo folio 345 de las actuaciones, que fue fijada la audiencia de juicio oral y público con respecto al ciudadano Yohan Ramírez Toro para el día 15 de marzo de 2023 a las 09:30 a.m., se ordena citar al coacusado Jesús Andrés Flores Fernández informándole de dicha fecha, la cual deberá hacerse cuando comparezca a cumplir con la presentación periódica ante el Cuerpo de Alguacilazgo, a fin de evitar que su citación sea infructuosa, toda vez que de la revisión del Sistema de Gestión Judicial Independencia, el mismo se presentó ante dicho departamento en fecha 19-01-2023. Y así se decide.

DECISIÓN

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud fiscal de revocar la medida cautelar sustitutiva a la privación de la libertad al ciudadano Jesús Andrés Flores Fernández, por cuanto no se agotaron los mecanismos ordinario para su citación. SEGUNDO: Por cuanto se aprecia del mismo folio 345 de las actuaciones, que fue fijada la audiencia de juicio oral y público con respecto al ciudadano Yohan Ramírez Toro para el día 15 de marzo de 2023 a las 09:30 a.m., se ordena citar al coacusado Jesús Andrés Flores Fernández informándole de dicha fecha, la cual deberá hacerse cuando comparezca a cumplir con la presentación periódica ante el Cuerpo de Alguacilazgo, a fin de evitar que su citación sea infructuosa, toda vez que de la revisión del Sistema de Gestión Judicial Independencia, el mismo se presentó ante dicho departamento en fecha 19-01-2023. Y así se decide.

Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 30, 51, 55 Constitucional; y 157, 229, 233 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.

JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 05,


ABG. LUCY DEL CARMEN TERÁN CAMACHO.
LA SECRETARIA,

ABG. YANELIS ARIAS RUIZ.

En fecha _______________ se cumplió lo ordenado. Boletas nros. _____________________. Sría.