REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS
MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
212° y 163°
SOLICITUD Nº 9736.
SOLICITANTE: WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.
FECHA DE ADMISION: 5 DE DICIEMBRE DE 2022.
VISTOS.-
L A N A R R A T I V A
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, interpuesta por el ciudadano WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-20.199.672, domiciliado en Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, asistido por el abogado JOSE LUIS BUENAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-3.074.527, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.915 y hábil, teléfono 0412-7923915, mediante el cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción del ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI, quien era su legítimo padre, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.009.574, que obra en autos en copia certificada, expedida por el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ROMULO BETANCOURT DEL MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, signada con el número 264, de fecha 11 de septiembre de 1998. Manifiesta el solicitante que en la referida Acta de Defunción del causante, adolece de los siguientes errores: en dicha Acta de Defunción fue mal escrito el apellido de mi progenitor, así mismo, los nombres de sus padres y omitieron mi segundo nombre, en cuanto al nombre y apellido de mi progenitor fue transcrito de la siguiente manera: QUINTERO FLORES WILFREDO, siendo lo correcto QUINTERO PUCCINI WILFREDO, en cuanto a los nombres y apellidos de sus padres fue transcrito de la siguiente manera: GLORIA FLORES Y RUBEN QUINTERO, siendo lo correcto MARIA GLORIA EUGENIA PUCCINI DE QUINTERO y JOSE RUBEN QUINTERO CASTILLO, fue omitido su segundo nombre, fue transcrito de la siguiente manera: WILMER QUINTERO PUENTE, siendo lo correcto WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE, errores que se evidencia del Acta de Defunción que agrego al presente expediente escrito marcado con la letra “A”, ahora bien ciudadana Jueza, por todo lo anteriormente expuesto es por lo que acudo a su competente autoridad, de conformidad con lo establecido en los artículos 768, 770, 771, 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil, para que se rectifiquen el acta de defunción, en sentido de que a partir de la presente rectificación aparezca escrito bien los nombres de mi legitimo padre, así como los nombres de sus progenitores y sea incluido mi segundo nombre de la siguiente manera: WILFREDO QUINTERO PUCCINI, e hijo de los ciudadanos MARIA GLORIA EUGENIA PUCCINI DE QUINTERO y JOSE RUBEN QUINTERO CASTILLO y el nombre del hijo WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE, y no como inicialmente apare, si no tal como se desprende del acta de nacimiento de mi legitimo padre el causante WILFREDO QUINTERO PUCCINI.
Por cuanto la solicitud obran exclusivamente mis intereses personales y no existe persona alguna que pudiera perjudicarse con la decisión, a terceros y de conformidad con el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del código Civil. Solicito a este Tribunal que una vez este firme la sentencia que se pronuncie y debidamente ejecutada se sirva oficiar al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, es por lo que solicito que el presente procedimiento a seguir sea el abreviado, y una vez materializada dicha solicitud, se oficie a las autoridades competentes a los fines legales consiguientes.
Por auto del Tribunal de fecha 05 de diciembre de 2022 (folio 10), se recibió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, se ordenó formar expediente y darle entrada, a su vez se exhorto a la parte interesada a consignar copia debidamente certificada del Acta de Defunción del causante WILFREDO QUINTERO PUCCINI, para admitir dicha solicitud y darle el curso de Ley correspondiente.
Por diligencia de fecha 13 de diciembre de 2022 (folio 11), se hizo presente por ante este Tribunal el abogado JOSE LUIS BUENAÑO, en el cual consigno Acta de Defunción del causante, para que sea agregada al expediente signado con el N°9736.
Por auto de fecha 19 de diciembre de 2022 (folio 14), se admite la presente solicitud, en consecuencia, el Tribunal observa que no hay persona contra quien pueda obrar la presente RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION, se ordenó librar un EDICTO para que sea publicado en un diario de amplia circulación nacional a escoger entre el Nacional y/o Ultimas Noticias, emplazándose en dicho Edicto a cualquier persona que pueda tener interés directo o manifiesto en la solicitud, para que comparezca antes este Juzgado en el décimo día y en horas de Despacho siguientes a que conste en autos. Por último se ordenó al ciudadano alguacil MIGUEL PEREZ, proceder con la elaboración de los correspondientes fotostatos.
En fecha 21 de diciembre de 2022 (folio 18), el alguacil de este Tribunal consigno boleta de notificación firmada por la fiscal del Ministerio Público de Familia del Estado Bolivariano de Mérida.
Por diligencia de fecha 11 de enero de 2023 (folio 20), se hizo presente el abogado JOSE LUIS BUENAÑO, donde expuso que recibía por parte de la secretaria de este Tribunal, el Edicto para ser publicado en el periódico de amplia circulación (el Nacional o Ultimas Noticias).
Por diligencia de fecha 12 de enero de 2023 (folio 21), se hizo presente el abogado JOSE LUIS BUENAÑO, para exponer que el Edicto sea publicado en el periódico de amplia circulación nacional.
Por auto de fecha 13 de enero de 2023 (folio 22), este Tribunal no acuerda con lo solicitado, por cuanto el abogado carece de cualidad necesaria para realizar la solicitud, puesto que se observó que el mismo no consta Poder de ninguna naturaleza, suscrito por el ciudadano solicitante.
Por diligencia de fecha 27 de enero de 2023 (folio 23), se hizo presente por este Tribunal el ciudadano WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE, asistido en este acto por el abogado JOSE LUIS BUENAÑO, en el cual expuso: consigno en este acto el periódico a nivel nacional donde aparece el Edicto el cual ordenó este Tribunal y fue publicado en Ultimas Noticias, en cuanto a la Rectificación del acta de Defunción. A su vez, el ciudadano WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE confirió Poder apud-acta al abogado JOSE LUIS BUENAÑO.
Por auto del Tribunal de fecha 27 de enero de 2023 (folio 25), se ordenó desglosar la página 12 del periódico “ULTIMAS NOTICIAS”, de fecha 20 de enero de 2023, donde aparece publicado el EDICTO, librado a cualquier tercero que tenga interés en esta causa.
LA MOTIVA
Este Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error material señalado, al levantar el Acta de Defunción del ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI, antes identificado. Al efecto observa esta Juzgadora que obran en autos los siguientes documentos.
Primero: copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida.
Segundo: Acta de Nacimiento del ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI, expedida por la comisión de Registro Civil y Electoral Unidad de Registro Civil Mucurubá, Municipio Rangel, Estado Bolivariano de Mérida, bajo el N°16, marcada con la letra “B”.
Tercero: Acta de Nacimiento del ciudadano WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE, expedida por la comisión de Registro Civil y Electoral Unidad de Registro Civil Mucurubá, Municipio Rangel, Estado Bolivariano de Mérida, bajo el N°64 marcado con la letra “C”.
Cuarto: Edicto librado y publicado en el diario de Ultimas Noticias, de fecha 20 de enero de 2023.
Encuentra este Tribunal que de los recaudos acompañados a la solicitud, se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error señalado por el solicitante en cuanto a: Que en dicha Acta de Defunción aparece erróneamente como QUINTERO FLORES WILFREDO, siendo lo correcto WILFREDO QUINTERO PUCCINI, Que era hijo de GLORIA FLORES y de RUBEN QUINTERO siendo lo correcto MARIA GLORIA EUGENIA PUCCINI DE QUINTERO y JOSE RUBEN QUINTERO CASTILLO, cuyo error material se puede constatar en dicha acta, del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error en el Acta de Defunción Nº 264 de fecha 11 de septiembre de 1998, correspondiente al ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI, inserta en los Libros de Registro Civil de defunciones que reposan en la Oficina del Registro Civil Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida. Este Tribunal pasa a dictar sentencia en la presente causa.
L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DELCARA:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN EL ACTA DE DEFUNCION signada con el número 264, de fecha 11 de noviembre de 1998, correspondiente al ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.009.574, inserta en los Libros de Registro Civil de defunciones que reposan en la Oficina de Registro Civil Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, en el entendido de que en el original y duplicado que reposa en el Libro de Actas de Defunciones llevado en dicho Registro Civil, dicha Acta de Defunción aparece erróneamente con el nombre de QUINTERO FLORES WILFREDO, siendo lo correcto que el ciudadano WILFREDO QUINTERO PUCCINI Que era hijo de GLORIA FLORES y de RUBEN QUINTERO, siendo lo correcto MARIA GLORIA EUGENIA PUCCINI DE QUINTERO y de JOSE RUBEN QUINTERO CASTILLO, y en lo nombre del hijo WILMER QUINTERO PUENTE, siendo lo correcto WILMER DE JESUS QUINTERO PUENTE, Queda así rectificada dicha Acta de Defunción. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 13 de febrero de 2023.
LA JUEZ SUPLENTE.
ABG. TERESA PEPE ROJAS.
LA SECRETARIA
ABG. YAJAIRA RANGEL CONTRERAS.
En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las 12:40 p.m., de la tarde y se dejó copia certificada.
LA SECRETARIA
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