TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, trece (13) de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
212° y 163°
,
Visto el CONVENIMIENTO suscrito en fecha 10-02-2023, por los ciudadanos Abogado JHONNY JAVIER MOLINA MORA, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana ANA ISABEL DIAZ NARANJO, y por la parte demandada el ciudadano: NELSON ENRIQUE URDANETA ROA, asistido por el Abogado DANIEL HUMBERTO SNCHEZ, plenamente identificados en autos, a través del cual la parte demandada hacen entrega formal del inmueble objeto de litigio, libre de personas y cosas y el demandante acepta recibirlo, a tal efecto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO, y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de conformidad con los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. MARIA CLARA ROJAS TRUJILLO.
JUEZA PROVISORIA
Abg. WILLIAM JUVENCIO REINOZA ABREU.
SECRETARIO TITULAR
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Abg. WILLIAM JUVENCIO REINOZA ABREU.
SECRETARIO TITULAR
MCRT/wjra/migv.
|