REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, martes veinticinco (25) de junio de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164°
ACTA DE MEDIACIÓN
ASUNTO N° LP21-L-2023-000018
PARTE ACTORA: Los codemandantes ciudadanos THANY HELEN OLÍVAR BRICEÑO, ZULIMAR MORET RIVAS, ZONEYCA MILAGROS JIMÉNEZ LUGO, AZAEL GERARDO QUINTERO NAVAS, MARCO ANTONIO RIVAS ESCALONA, JULIO CESAR SANDINO HERRERA AULAR, ROSANGELA INES MEDINA RONDON, titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.758.369; V-17.455.318; V-12.182.999; V-10.104.930; V-20.198.124; V-17.882.960 y V-30.372.863, en su orden.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE ANGEL ZAMBRANO L y YURAIMA ITHAMAR CONTRERAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 48.133 y 76.414 respectivamente.
PARTES CODEMANDADAS: Entidad de Trabajo Sociedad Mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS INTEGRALES DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, TURICOIN, C.A. (RIF-J-41087255-1), inscrita en fecha 19 de diciembre de 2017, ante el Registro Mercantil Primero del Estado Mérida, bajo el número 8, TOMO-602-A RM1MÉRIDA, año 2017, y solidariamente a los ciudadanos: RICARDO ÁRGEL RIVAS DUGARTE y DOUGLAS ALEXANDER ROOS DIDENCU, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-13.967.475 y V-20.431.947 en su orden; por ser accionistas con una participación 50-50 de la mencionada Sociedad Mercantil
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE CODEMANDADA RICARDO ÁRGEL RIVAS DUGARTE: Abogados OLIVIA MOLINA MOLINA Y JUAN CARLOS SARACHE BALZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 99.261 y 129.009 respectivamente.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE CODEMANDADA DOUGLAS ALEXANDER ROOS DIDENCU: Abogados REYNA ROSA TRUJILLO VILCHEZ y ALVARO JAVIER CHACÓN CADENAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 23.803 y 62.524 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES INCLUYENDO SALARIOS RETENIDOS.
En el día hábil de hoy, martes veinticinco (25) de julio de dos mil veintitrés (2023), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante los ciudadanos THANY HELEN OLÍVAR BRICEÑO, ZULIMAR MORET RIVAS, ZONEYCA MILAGROS JIMÉNEZ LUGO, AZAEL GERARDO QUINTERO NAVAS, MARCO ANTONIO RIVAS ESCALONA, JULIO CESAR SANDINO HERRERA AULAR, ROSANGELA INES MEDINA RONDON, titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.758.369; V-17.455.318; V-12.182.999; V-10.104.930; V-20.198.124; V-17.882.960 y V-30.372.863, en su orden, representados por su apoderado judicial el abogado JOSE ANGEL ZAMBRANO L, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.133, según poder apud acta que se encuentra inserto en el expediente, también compareció a esta Audiencia la parte codemandada ciudadano DOUGLAS ALEXANDER ROOS DIDENCU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.431.947, y su apoderado judicial el abogado ALVARO JAVIER CHACÓN CADENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.524, según poder apud acta que se encuentra inserto en el expediente, también compareció a esta Audiencia la parte codemandada ciudadano RICARDO ÁRGEL RIVAS DUGARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.967.475 asistido por los abogados OLIVIA MOLINA MOLINA Y JUAN CARLOS SARACHE BALZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 99.261 y 129.009 respectivamente, una vez iniciada la Audiencia Preliminar se logró la siguiente mediación sobre los puntos demandados, por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 223.455,66), lo que equivale a la tasa de cambio del BCV del día de hoy a SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO DOLALES AMERICANOS ($7.684,17) monto este que es el convenido en este acto y que en caso de incumplimiento será el monto a ejecutar, cantidad esta que se pagara de la siguiente forma: para la ciudadana THANY HELEN OLÍVAR BRICEÑO, le corresponde la cantidad de $ 2.790,25 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 672,56 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 672,56 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 672,56 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 772,56 el día 15 de noviembre de 2023; para la ciudadana ZULIMAR MORET RIVAS, le corresponde la cantidad de $ 1.793,68 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 435,92 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 435,92 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 435,92 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 485,92 el día 15 de noviembre de 2023; para la ciudadana ZONEYCA MILAGROS JIMÉNEZ LUGO, le corresponde la cantidad de $ 1.237,65 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 294,41 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 294,41 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 294,41 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 344,41 el día 15 de noviembre de 2023; para el ciudadano AZAEL GERARDO QUINTERO NAVAS, le corresponde la cantidad de $ 524,71 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 118,68 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 118,68 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 118,68 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 168,68 el día 15 de noviembre de 2023; para el ciudadano MARCO ANTONIO RIVAS ESCALONA, le corresponde la cantidad de $ 562,43 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 128,11 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 128,11 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 128,11 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 178,11 el día 15 de noviembre de 2023; para el ciudadano JULIO CESAR SANDINO HERRERA AULAR, le corresponde la cantidad de $ 505,34 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 113,83 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 113,83 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 113,83 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 163,83 el día 15 de noviembre de 2023; ; para el ciudadano ROSANGELA INES MEDINA RONDON, le corresponde la cantidad de $ 270,11 que se pagaran de la siguiente forma el primer pago por la cantidad de $ 55,03 el día 14 de agosto de 2023, el segundo pago por la cantidad de $ 55,03 el día 18 de septiembre de 2023, el tercer pago por la cantidad de $ 55,03 el día 16 de octubre de 2023, y el cuarto pago por la cantidad de $ 105,03 el día 15 de noviembre de 2023; con lo cual no quedara saldo pendiente a favor de los Trabajadores. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse por los conceptos demandados. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así mismo se procede a entregársele a las partes las pruebas por ellos promovidas, recibiéndolas las partes en este acto conformes, en este mismo orden de ideas se ordenará el archivo del presente expediente al sexto (06) día hábil siguiente al día del último pago convenido, sino consta en autos el incumplimiento del acuerdo acá logrado.
La Juez Titular,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,
Abg. Carmen Zalady Agudelo Corredor.
Los Presentes,
JULIO CESAR SANDINO HERRERA AULAR JOSE ANGEL ZAMBRANO L.
DOUGLAS ALEXANDER ROOS DIDENCU ALVARO JAVIER CHACÓN C.
RICARDO ÁRGEL RIVAS DUGARTE OLIVIA MOLINA MOLINA
JUAN CARLOS SARACHE BALZA
LA SUSCRITA SECRETARIA DE LA COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA en cumplimiento a lo ordenado por el TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CERTIFICA: Que la anterior sentencia en formato PDF es una reproducción digital del texto de la sentencia publicada en el expediente LP21-L-2022-000036 y cristalizada en el Sistema Word. La decisión corresponde a las sentencias Interlocutorias con Fuerza Definitiva del mes de noviembre del año 2022. La presente certificación se emite a los fines administrativos de conformidad a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Certificación que se expide en la sede natural del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en la ciudad de Mérida a los treinta (30) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
La Secretaria,
Abg. Carmen Zalady Agudelo Agudelo
|