REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DÁVILA Y PADRE NOGUERA DEL ESTADO MÉRIDA.
Exp N° C-2023-041.-
En esta misma fecha siendo las diez de la mañana (10:00 am) del día de hoy jueves veinte (20) de julio de dos mil veintitrés (2.023), día y hora fijada para que se lleve a cabo la acción de deslinde judicial solicitada por el ciudadano: HUGO OSLEY CONTRERAS DELGADO, provisto de la cédula de identidad Nº V-12.354.208, asistido en este acto por el abogado en ejercicio el ciudadano: LUIS MANUEL MÁRQUEZ VIVAS, IPSA Nº 115.332, en contra del ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, provisto de la cédula de identidad Nº V-25.004.219, asistido en este acto por el abogado en ejercicio: JOSÉ ANGEL MOLINA, IPSA Nº 159.410. Se encuentra presente en este acto el ciudadano: RAMÓN ELVIDIO SAYAGO, provisto de la cédula de identidad Nº V-13.014.192, Técnico Superior Universitario Forestal y Topógrafo, con numero de Matricula Nº A.C.V 1002, a los fines de ilustrar al tribunal en la presente acción de Deslinde, quien acepto el cargo de practico, procediendo el Tribunal a tomar el juramento de Ley. Acto seguido el Tribunal otorga el derecho de palabra a la parte solicitante ciudadano: HUGO OSLEY CONTRERAS DELGADO, identificado, asistido por el abogado en ejercicio: LUIS MANUEL MÁRQUEZ VIVAS, identificado, y concedido que le fue expuso: “Solicito al Tribunal proceda a realizar la operación de Deslinde tal cual fue peticionado en la solicitud al folio dos (02) y el lindero costado derecho de mi propiedad”, es todo. En este acto se otorga el derecho de palabra al requerido, ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, asistido por el abogado en ejercicio el ciudadano: JOSÉ ANGEL MOLINA, identificado, y concedido que le fue expuso: “a los fines de determinar con precisión el lindero divisorio de las propiedades contiguas solicitamos al Tribunal que por intermedio del practico designado determine los linderos de mi propiedad partiendo del lindero del frente que da con la vía principal que conduce al Sector La Capellanía y la cascada”, es todo. En este acto oída la petición del Tribunal así lo acuerda. Se ordena al práctico designado determinar y/o establecer los linderos de la propiedad del ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, identificado, así se ordena. En este acto se hizo presente el practico designado y juramentado quien solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “Los linderos generales de la propiedad del ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, identificado, son los siguientes: por el Frente: en la medida de dieciséis metros (16 mts), colinda con la vía principal del Sector La Capellanía, por el costado Izquierdo: en la medida de sesenta metros con cincuenta centímetros (60,50 mts),colinda con el terreno de Nerio Ramírez, Rufo Ramírez y terreno del comprador; por el Fondo: en la medida de cuarenta y dos metros (42 mts) colinda con terreno del solicitante del Deslinde, ciudadano: HUGO OSLEY CONTRERAS DELGADO, identificado, y por el Costado Derecho: en la medida de sesenta y siete metros (67 mts), colinda con terreno de Jorge Luis Niño y Oswaldo Rosales”, es todo. Acto seguido oída las exposiciones de las partes, de conformidad al Artículo 723 del Código de Procedimiento Civil, procede inmediatamente a fijar en el terreno las puntos sobre los cuales se establece el lindero provisional, en consecuencia con el auxilio del practico designado se establece como linderos entre las propiedades de las que aquí accionados, tomando como referencia el lindero del fondo de la propiedad del ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, y en la medida de cuarenta y dos metros (42 mts) discriminado de la siguiente forma: desde el punto L5 al punto L6 en las medidas de diez metros (10 mts) y del punto L6 al punto L7, en la medida de treinta y dos metros (32 mts), plano topográfico que solicita en la Tribunal ser anexado a las actuaciones para mayor claridad. En este estado solicitó el derecho de palabra el solicitante, el ciudadano: HUGO OSLEY CONTRERAS DELGADO, asistido por el ciudadano abogado: LUIS MANUEL MARQUEZ VIVAS, identificado, y concedidos que les fue expuso: “visto el lindero fijado por el Tribunal y en aras a la solución de la controversia cedo en este acto al ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, identificado, la cantidad de un metro con setenta centímetros partiendo del punto L7 en línea recta y finalizando en el punto L6 en el lindero del fondo contiguo a nuestras propiedades, quedando el lindero en línea recta”, es todo. Acto seguido solicitó el derecho de palabra el ciudadano: JUSTO VALENCIA BAUTISTA, identificado, asistido por el abogado JOSÉ ANGEL MOLINA, identificado, y concedido que le fue expuso: “Estoy de acuerdo con el lindero fijado por el Tribunal y la cesión a Título Gratuito que me hace el ciudadano HUGO OSLEY CONTRERAS DELGADO, comprometiéndome a colocar la cerca por donde quedo establecido el lindero”, es todo. En este estado el Tribunal ordena al práctico designado consignar dentro de los cinco (05) días de despacho siguiente a la presente fecha los respectivos planos topográficos, así se ordena. De conformidad al artículo 724 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, se declara Firme el lindero provisional establecido por el Tribunal, vista la no oposición de las partes, así se decide. Siendo Las doce y cuarenta minutos de la tarde, se da por finalizado el acto y el Tribunal ordena su traslado a su sede natural. El Tribunal deja constancia que pesto gratuitamente sus servicios y garantizo a las partes el derecho a la defensa, debido proceso y tutela judicial efectiva de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Se deja constancia que el acta no presenta tachaduras ni enmendaduras que salvar.
El Juez
Abg. Álvaro Acedo Rondón
El Solicitante
Hugo Osley Contreras Delgado
Abogado Asistente
Luis Manuel Márquez Vivas
IPSA Nº 115.332
El Solicitado
Justo Valencia Bautista
Abogado Asistente
José Ángel Molina
IPSA Nº 159.410
El Práctico
Ramón Elvidio Sayago
El Secretario Acc
Abg. Elio José Dellán Oballos
La Alguacil
Zorelys Daniela Vivas Molina