REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, 08 de Junio de 2023
213º y 164º
Solicitante: JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No V- 14.927.925.
Abogado: LILIANA SANCHEZ ZAPATA, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.329.183, Inpreabogado Nº 304.078.
Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA Y FRANCIA).
NARRATIVA
Se recibió solicitud el día veinticinco (25) de Abril del año Dos mil veintitrés (2023), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; suscrita por el ciudadano JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No V- 14.927.925, domiciliado en el sector Monte Adventino, calle principal, Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, progenitor del adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V-32.041.566, nacido en fecha 10/01/2006, de diecisiete (17) años de edad, pasaporte venezolano Nº 158392835; debidamente asistido por la abogado LILIANA SANCHEZ ZAPATA, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.329.183, Inpreabogado Nº 304.078, constante de tres (03) folios útiles y quince (15) anexos. Se le asigno al Expediente el número de orden, LP51-J-2023-000148; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior (FRANCIA). Se admitió el día 28/04/2023, ordenando librar boleta de notificación a la Fiscal y a la progenitora del adolescente, la ciudadana MAGALYS BEIRUT SCAVO AGUILERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.250.187, domiciliada en Lima-Perú, Los Olivos MZ 13LT-9 A.H, Teléfono +51923345407 correo electrónico magalysscavo@gmail.com, las cuales se consignaron en fecha 09/05/2023 y se certificaron en fecha 11/05/2023, quedando pautada la audiencia para el día 24/05/2023 a las 10:30 am.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia el ciudadano JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No V- 14.927.925, en su condición de padre del adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V-32.041.566, nacido en fecha 10/01/2006, de diecisiete (17) años de edad, pasaporte venezolano Nº 158392835; debidamente asistido por la abogado LILIANA SANCHEZ ZAPATA, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.329.183, Inpreabogado Nº 304.078. Igualmente comparecieron los ciudadanos SAHIRA DEL CARMEN CARRERO DE ESPINOZA y ALEXANDER YOEL GONZALEZ SCAVO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.277.197 y V-27.551.749, quienes fueron promovidos como testigos. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA: “estoy haciendo esta solicitud como padre de mi hijo DIEGO ALFREDO GONZALEZ SCAVO, para que viaja a España, donde será recibido por su tía MILAGROS DEL VALLE SCAVO AGUILERA, titular de la cedula de identidad Nº V-14.730.930; quien vive en Francia desde hace más de quince años, esta legal en ese país, ella se caso con un francés y tiene su hogar e hijos en ese país en la siguiente dirección: 31 Escuare de Joaquín de Belle San Germán de Corbeiles, código posal 91250 a las afueras de Paris. Ella es quien lo va a recibir en España y viaja con ella hasta Francia. Este es un vieja de recreación aprovechando que ya culmino sus estudios de bachillerato, en Francia permanecerá hasta el 29 de Agosto de 2023 que retornara a Venezuela. La madre de mi hijo vive en Perú MZ 13LT-9 A.H Laura Ibérico-Los Olivos, Lima Perú; y ella está de acuerdo que nuestro hijo viaje a pasar estas vacaciones con su tía en Francia. Mi hijo va a viajar solo, pero con servicio de acompañamiento de menor de edad e igualmente va a retornar solo desde España, con el servicio de acompañamiento de menor de edad. Yo lo llevare hasta Maiquetía y lo entregare a la funcionaria designada por la aerolínea PLUSULTRA, y en España será recibido por su tía MILAGROS DEL VALLE SCAVO AGUILERA, quien será la responsable de sus cuidados mientras permanezca con ella en España y Francia. El itinerario de viaje es el siguiente: saliendo desde Monte Adventino, Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del estado Bolivariano de Mérida, por vía terrestre con vehículo propio. Saliendo el día 20-06-2023 desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado Bolivariano de La Guaira, con la aerolínea PLUSULTRA, vuelo 702, boleto Nº 6630200128971 a las 19:00 horas y llegada al aeropuerto Adolfo Barajas de Madrid España, donde será recibido por su tía MILAGROS DEL VALLE SCAVO AGUILERA, ya identificada. Y al otro día saldrá en compañía de su tía, antes mencionada, desde Madrid España en el vuelo TO4633, de la aerolínea Transavia con salida a las 13:15 horas, llegada a las 15:15 a Paris (Orly) Francia. Retornando el 29-08-2023, desde Madrid-España, a las 13:00 horas y llegada al aeropuerto Internacional Simón Bolívar a las 16:30 horas, ubicado en Maiquetía estado Bolivariano de Venezuela, donde yo iré a recibirlo para trasladarlo por vía terrestre hasta la población de Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del estado Bolivariano de Mérida. Seguidamente se procedió a juramentar a los testigos, una vez juramentados se procede a realizar video llamada desde el numero +584268024807 al número +51923345407, quien fue reconocida por si hermana e hijo como la ciudadana MAGALYS BEIRUT SCAVO AGUILERA, madre del adolescente de autos, quien se identifico y manifestó lo siguiente: “si, correcto doctora estoy de acuerdo que mi hijo viaje para Francia y que mientras allí va a estar bajo la responsabilidad de mi hermana Milagros Scavo, y el retornara en Agosto. El padre lo llevara a Maiquetía y lo ira a recibir”. Igualmente se procede a realizar video llamada desde el numero +584268024807 al número +33658481123 a la tía del adolescente, quien lo recibirá en España y con quien permanecerá en Francia, ciudadana MILAGROS DEL VALLE SCAVO AGUILERA, tía paterna del adolescente de autos, quien se identifico y manifestó lo siguiente: “yo me hago responsable de mi sobrino durante su estadía tanto en España como en Francia, me case con un francés y soy ciudadana permanente de este país, lo cual me da el derech9o de invitar a cualquier miembro de mi familia a pasar vacaciones para compartir por un periodo máximo de tres meses. Esta invitación esta soportada por el sello del alcalde donde yo resido, requisito que es suficiente para entrar a Francia mi esposo tiene un trabajo como director de una institución que se dedica a ayudar a la población de cierto lugar de Francia y yo tengo un trabajo estable de educadora. Inmediatamente la juez procede a revisar los recaudos que acompañan la solicitud, evidenciando que no está agregada la constancia o copia del servicio de acompañamiento de menor emitido por la aerolínea PLUSULTRA el cual es fundamental ya que viaja solo. Sin este requisito no puede esta juzgadora emitir el dispositivo del pronunciamiento tal y como lo señala el artículo 513 de la LOPNNA. En consecuencia se exhorta al solicitante a consignar dicho recaudo. Indicando que se fija una nueva audiencia o segunda sesión, para el día jueves, primero de Junio de 2023, a las once y treinta de la mañana. Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia el ciudadano JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No V- 14.927.925, en su condición de padre del adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V-32.041.566, nacido en fecha 10/01/2006, de diecisiete (17) años de edad, pasaporte venezolano Nº 158392835; debidamente asistido por la abogado LILIANA SANCHEZ ZAPATA, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.329.183, Inpreabogado Nº 304.078. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA: “en el día de hoy estoy consignando comprobante de pago del servicio de acompañamiento menor para que el adolescente pueda viajar a España, dicha constancia de adquisición del servicio fue emitido por la Aerolínea PLUSULTRA Nº EMD 6630700091660”. La ciudadana Juez expone, en razón a lo manifestado tanto por la madre a través de video llamada y lo expuesto por el padre, aunado a las pruebas documentales que obran en autos, es evidente que la autorización es procedente, pues se le está garantizando al adolescente de autos el derecho a la recreación y al libre tránsito.--------
PARTE MOTIVA
Consignando como medios de prueba:
1.- Copia Certificada del acta de Nacimiento del adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA).
2.- Copia simple de la cédula y pasaporte del adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA).
3.- Constancia de residencia del progenitor el ciudadano JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA.
4.- Copia fotostática simple de las cédulas de identidad de los progenitores JOEL ALFREDO GONZALEZ GARCIA y MAGALYS BEIRUT SCAVO AGUILERA.
6.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad y pasaporte de la tía, la ciudadana MILAGROS DEL VALLE SCAVO AGUILERA.
7.- Copia fotostática simple del certificado de alojamiento del adolescente DIEGO ALFREDO GONZALEZ SCAVO, emitido por la República de Francia.
8.- Copia simple de los boletos aéreos.
9.- Copias simples de las cedulas de identidad de los testigos los ciudadanos ALEXANDER YOEL GONZALEZ SCAVO y SAHIRA DEL CARMEN CARRERO DE ESPINOZA.
10.- Copia simple del comprobante de pago del servicio de acompañamiento para el adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), emitido por la aerolínea PLUSULTRA.
PARTE DISPOSITIVA
Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por la solicitante y la niña, aunado a lo señalado por los progenitores, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues con la misma se les están protegiendo los derechos y garantías establecidos tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como lo establecido en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle los derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, (ESPAÑA Y FRANCIA), al adolescente (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V-32.041.566, nacido en fecha 10/01/2006, de diecisiete (17) años de edad, pasaporte venezolano Nº 158392835, quien viajara con servicio de acompañamiento de azafata por la aerolínea PLUSULTRA. Siendo el itinerario de viaje el siguiente: saliendo desde Monte Adventino, Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del estado Bolivariano de Mérida, por vía terrestre con vehículo propio. Saliendo el día 20-06-2023 desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado Bolivariano de La Guaira, con la aerolínea PLUSULTRA, vuelo 702, boleto Nº 6630200128971 a las 19:00 horas y llegada al aeropuerto Adolfo Barajas de Madrid España, donde será recibido por su tía MILAGROS DEL VALLE SCAVO AGUILERA, ya identificada. Y al otro día saldrá en compañía de su tía, antes mencionada, desde Madrid España en el vuelo TO4633, de la aerolínea Transavia con salida a las 13:15 horas, llegada a las 15:15 a Paris (Orly) Francia. Retornando el 29-08-2023, desde Madrid-España, a las 13:00 horas con la aerolínea PLUSULTRA, en el vuelo Nº 701, boleto Nº 6630200128971, y llegada al aeropuerto Internacional Simón Bolívar a las 16:30 horas, ubicado en Maiquetía estado Bolivariano de Venezuela, donde yo iré a recibirlo para trasladarlo por vía terrestre hasta la población de Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del estado Bolivariano de Mérida.--------------------------------------------------------------------------------------
Dando cumplimiento a los lineamientos del Tribunal Supremo de Justicia, se indica como fecha de presentación de la adolescente al retorno ante esta sede judicial, para el día lunes dieciocho (18) de Septiembre de 2023. Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.-------------------
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. MARIA EUGENIA SULBARAN MORENO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA
Cmag/-
Exp LP51-J-2023-000148
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