REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.



En horas de despacho del día de hoy, jueves, veintinueve (29) de junio del año dos mil veintitrés (2023); siendo las once y treinta de la mañana (11:30 pm), día fijado por este Tribunal por auto de fecha veintiocho (28) de junio de 2023, inserto al folio 28, del expediente signado con el Nº 3368, para que tenga lugar la celebración de la presente VIDEO LLAMADA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, que ha intentado por la ciudadana DALIDA PULGAR MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.026.650, domiciliada en la Urbanización Don Luis, calle 6, M15, P15, municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, asistida por el abogado en ejercicio JAIRO JESUS ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.089.529 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.674, número telefónico: 0424-7442586, y jurídicamente hábil; quien se encuentra presente en este acto, en contra del ciudadano JORGE LUIS MORALES HERNANDEZ, cubano, mayor de edad, titular del Pasaporte N° 64072232203, correo electrónico: jorgefisio56@gmail.com que se sustancia en el expediente signado con el N° 3369. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar una video llamada al número, +15127516159, aportado por la parte Demandante ya identificada. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal y señaló “Soy JORGE LUIS MORALES HERNANDEZ, cubano, mayor de edad, titular del Pasaporte N° 64072232203, correo electrónico: jorgefisio56@gmail.com y este es mi número telefónico +15127516159. Seguidamente, el Juez le solicitó al ciudadano JORGE LUIS LORALES HERNANDEZ, plenamente identificado en autos, que expusiera su pasaporte de identidad ante la cámara del celular e igualmente le preguntó si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara la ciudadana DALIDA PULGAR MEDINA y en voz clara señaló: “Expongo mi pasaporte de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, y estoy conteste del Divorcio incoado en mi contra y me doy por citado, es todo”. Acto seguido la suscrita Secretaria, certifica la identidad del ciudadano JORGE LUIS MORALES HERNANDEZ, quien a través de video llamada expuso su documento de Pasaporte N° 64072232203. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las doce y cuarenta y cinco minutos del mediodía (12: 45 m) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente video llamada. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman,
EL JUEZ PROVISORIO


ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO


CONYUGE DEMANDANTE

ABOGADO ASISTENTE



EL ALGUACIL

LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q.
LA SECRETARIA,


ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES




YAOS/yo.
Exp. 3.369