REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Tovar, Dos (02) de Junio de Dos Mil Veintitrés (2023).-
213º y 164º
SENTENCIA DEFINITIVA.
SOLICITUD: No. 2023-330.-
SOLICITANTE (s): ANGELA MARIA KRATC RIOS, venezolana, mayor de edad, Licenciada en Educación, titular de la cédula de identidad No. V-8.085.222, domiciliada en el Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida y hábil.
ABOGADO ASISTENTE: YUL ERNESTO ZAMBRANO VIVAS, titular de la cédula de identidad No. V-8.082.528 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 44.436.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Por ante el Juzgado distribuidor de Municipio, fue presentada solicitud de Únicos y Universales Herederos, suscrita por la ciudadana ANGELA MARIA KRATC RIOS, venezolana, mayor de edad, Licenciada en Educación, titular de la cédula de identidad No. V-8.085.222, domiciliada en el Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistida por el abogado YUL ERNESTO ZAMBRANO VIVAS, titular de la cédula de identidad No. V-8.082.528 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 44.436; la cual una vez efectuado el sorteo correspondiente fue asignada a este Tribunal. Dándosele entrada en fecha 23 de Mayo de 2023, en esa misma fecha se admitió, y se ordenó examinar a los testigos que oportunamente presentara la solicitante, los cuales rindieron su testimonial en fecha Treinta (30) de Mayo de 2023. Siendo esta la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a hacerlo, previas las consideraciones siguientes:
Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, y examinadas las actas procesales, observa este Tribunal que cursa en autos los siguientes elementos probatorios:
1.- Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana ANGELA MARIA KRATC RIOS. (folio 2).
2.- Copia simple de la cédula de identidad del de-cujus, ciudadano NESTOR JOSÉ CHAVEZ INFANTE. (folio 3).
3.- Copia certificada del Registro de Defunción del de-cujus, ciudadano NESTOR JOSÉ CHAVEZ INFANTE, inserta bajo el No. 34, folio 34, de fecha 04/05/2023, emanada del Registro Civil Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida. (folio 4 y su vto).
4.- Copia certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos NESTOR JOSÉ CHAVEZ INFANTE y ANGELA MARIA KRATC RIOS, inserta bajo el No. 37, folio 37, de fecha 06/11/2017, expedida por el Registro Civil de las Parroquias El Llano- San Francisco, Municipio Tovar del estado Mérida. (folio 5 y su vto.).
5.- Copia simple del Registro Electoral (Consulta de Datos) del ciudadano NESTOR JAVIER CHAVEZ ANDRADE. ( folio 6).
6.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano NESTOR JAVIER CHAVEZ ANDRADE, inserta bajo el No. 170, folio 86 vuelto, de fecha 23/02/1979, emanada del Registro Civil Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida. (folio 7 y su vuelto).
7.- Copia simple del Registro Electoral (Consulta de Datos) de la ciudadana GLADYS ALEJANDRA CHAVEZ ANDRADE. ( folio 8).
8.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana GLADYS ALEJANDRA CHAVEZ ANDRADE, inserta bajo el No. 617, folio 318 vuelto, de fecha 13/08/1980, emanada del Registro Civil Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida. (folio 9 y su vuelto).
9.- Copia simple del Registro Electoral (Consulta de Datos) de la ciudadana GLADYS ADRIANA CHAVEZ ANDRADE. ( folio 10).
10.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana GLADYS ADRIANA CHAVEZ ANDRADE, inserta bajo el No. 618, folio 319, de fecha 13/08/1980, emanada del Registro Civil Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida. (folio 11 y su vuelto).
11.- Copia simple del Registro Electoral (Consulta de Datos) de la ciudadana STEPHANIE MICHELLE CHAVEZ ANDRADE. (folio 12).
12.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana STEPHANIE MICHELLE CHAVEZ ANDRADE, inserta bajo el No. 125, folio 070, de fecha 17/03/1993, emanada del Registro Civil Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida. (folio 13 y su vuelto).
13- Declaración de los testigos, ciudadanos LEONARDO JOSÉ RANGEL SOLANO y ANA YUREIMA GUTIÉRREZ MERCADO. (folios 16 y 17 con sus vtos, folio 18.).

Del análisis de las documentales promovidas y de la declaración rendida por los testigos, hay una total y absoluta correspondencia con los hechos alegados por la solicitante, motivo por el cual este Tribunal los aprecia con todo su valor probatorio, de conformidad con el artículo 1.392 del Código Civil. Así se decide.
Por lo expuesto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano NESTOR JOSÉ CHAVEZ INFANTE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-1.700.360, a su cónyuge e hijos, ciudadanos ANGELA MARIA KRATC RIOS, NESTOR JAVIER CHAVEZ ANDRADE, GLADYS ALEJANDRA CHAVEZ ANDRADE, GLADYS ADRIANA CHAVEZ ANDRADE y STEPHANIE MICHELLE CHAVEZ ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.085.222, V-14.623.828, V-14.623.316, V- 14.623.317 y V-20.830.546, respectivamente; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO para acreditar el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, ciudadano NESTOR JOSÉ CHAVEZ INFANTE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-1.700.360, a su cónyuge e hijos, ciudadanos ANGELA MARIA KRATC RIOS, NESTOR JAVIER CHAVEZ ANDRADE, GLADYS ALEJANDRA CHAVEZ ANDRADE, GLADYS ADRIANA CHAVEZ ANDRADE y STEPHANIE MICHELLE CHAVEZ ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.085.222, V-14.623.828, V-14.623.316, V- 14.623.317 y V-20.830.546, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Tovar del estado Bolivariano de Mérida y hábiles; dejando a salvo los derechos de terceros. Una vez cumplida la misma devuélvanse los originales a la interesada y déjese copia fotostática certificada para el archivo de este Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencias de este Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. DADA, SELLADA Y FIRMADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a los Dos (02) días del mes de Junio del año Dos Mil Veintitrés (2023). Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.-
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. JOSÉ LUCIDIO VERA JAIMES.
LA SECRETARIA,

Abg. YRMIS LORENA CHACÓN TORRES.

En esta misma fecha, siendo las nueve y veinte (9:20) minutos de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión y se dejó copia fotostática certificada para el archivo de este Tribunal.-
LA SECRETARIA,


Abg. YRMIS LORENA CHACÓN TORRES.



Sol. No. 2023-330.-